Patronos buscan  pagar  liquidaciones  en plazos

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El autor es contador público autorizado. Reside en Miami.

Escribir un proyecto de ley que proponga diferir el sistema indemnizatorio, la famosa liquidación, prevista en la Ley de Contrato de Trabajo, en cuotas en vez de una sola entrega, es una salida a evaluarse por todos.

La idea que se comenta es la implementación de un plan denominado, «Seguro de garantía de indemnización», por el cual un trabajador despedido de una empresa dejaría de cobrar la indemnización en una sola cuota, en base a su sueldo como lo establece la ley actual y, a cambio, se le pagaría esa indemnización de manera mensual mediante un mecanismo de un fondo de capitalización que permita indemnizar con remuneraciones mensuales a los beneficiarios o sus dependientes, acorde a la cantidad de años de aportes, hasta completar monto de  su liquidación más intereses.

Alegan familiares que cuando ese empleado recibe todo junto lo malgasta y no desarrolla su negocio y pide prestado a todos y le preguntan qué hicistes con liquidacion?

Veamos los puntos principales de ese plan:

El seguro que operará como Fondo de Garantía, se constituiría con las contribuciones patronales incluidas en la nómina salarial y los aportes de cada trabajador por ley.

El dinero depositado en dicho fondo se ajustará por inflación y solo estará a disposición del trabajador en caso de cese laboral acorde a las disposiciones que establezca la eventual ley.

En el caso de renuncia o cese de actividades, jubilación, retiro o despido, fuese este último con causa justa, el empleado percibirá una remuneración del Seguro de Garantía de Indemnización mensual equivalente al promedio de salarios percibidos interanuales hasta el reinicio de actividades u obtención de nuevo empleo.

Creo que cuando se produce un despido con justa causa, se debe abrir un proceso ordinario de conocimiento para que una tercera persona, llamada Juez, evalué la prueba para determinar si la causa es justa o no, ahora en el caso de renuncia del trabajador, la primera cuota del Seguro de Garantía de Indemnización no podrá ser percibida hasta pasados los primeros 31 días de esta. La renuncia es un acto jurídico voluntario y licito.

Cuando un trabajador renuncia formalmente a su puesto de trabajo, tiene derecho a percibir los días que laboró, su aguinaldo y sus vacaciones proporcionales. Cuando voluntariamente una persona decide ponerle fin a una relación o vínculo contractual laboral, no tiene derecho a un seguro o indemnización alguna.

Este aporte al nuevo Seguro de Garantía de Indemnización por parte del trabajador y patrón es acumulable y continuo aún en caso de  cambio de trabajo, función o actividad laboral o traslado, beneficiando empleado y no afecta a patronos en el futuro.

Fórmula que se estudia.

La fórmula utilizada para el costo del  Seguro de Garantía de Indemnización deberá ser calculada en base a:

1 +(8.33/n) donde “n” representa la antigüedad promedio de los empleados de la empresa que realiza los aportes.

El monto del seguro por parte del empleador es del 1%, más el 8.33% dividido en la antigüedad promedio de los empleados. El costo para el empleador tendrá un piso mínimo del 2% en los aportes y un máximo del 8.33%. El empleado sus descuentos normales y ninguno extra.

El Seguro de Garantía de Indemnización formará parte del acervo sucesorio, los hijos podrán cobrarlo.

Lance la idea. ¿Qué piensan patronos y sindicalistas?

Mire un caso:El Tribunal Superior Electoral (TSE), inició este lunes el pago de compensaciones a exempleados, ascendente a 19 millones de pesos y faltan mas y lo reciben todo en un solo pago, eso sangra presupuesto operacional de ese año. Es eso, o todo junto y salen buscando préstamos en banca al 9% con garantías para pagar exempleados.

JPM

 

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aespinal@hotmail.com
aespinal@hotmail.com
2 Años hace

Nunca, que se escuche bien, nunca el empleado aceptará esa propuesta, solo falta que declaren la esclavitud en este Pais.

aespinal@hotmail.com
aespinal@hotmail.com
2 Años hace

Dios, pero esto es el final, o sea, aparte de que el empleador se queda con una gran parte de tu vida, porque lo dedicas a servirle, trabajando para su empresa, se debe evaluar para pagarte tus prestaciones, la miseria que nos toca y a parte, evaluarte en qué lo gastas, como si les importara el destino que cada persona tome, pero que descaro. ahora proponen hacer igual que las AFPS, te descuentan un dinero obligado para robártelo.

Manuel Matias
Manuel Matias
2 Años hace

Te niegan liquidación por faltas graves q se inventan, por eso todos nos vamos en Yola y empleos a haitianos q no protestan, ni saben. Esto se jodio bajen Romo para q estemos todos anesteciaos, somos un país alcohólico con excusa de turismo, hoy y siempre se bebe !!!#!#

Manuel Matias
Manuel Matias
Responder a  Manuel Matias
2 Años hace

Johnnysanchez ven de Miami necesitamos gente q aporte y explique no chercheros cómo abundan aquí