La notaría digital espera por la Suprema Corte de Justicia

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EL AUTOR es politólogo. Reside en Santo Domingo.

El presidente de la SCJ, magistrado Luis Henry Molina, dijo recientemente que la virtualidad agiliza la justicia, que esa herramienta permite rapidez y transparencia en los tramites, que actualmente todo lo que se firma en el poder judicial es con firma electrónica. Agregó que se había estado trabajando para implementar virtualidad en el sistema de justicia, pero el coronavirus los hizo acelerar su implantación.  

Afirmó que la digitación llegó para quedarse. 

El notario público es una figura jurídica de máxima importancia en nuestro estado de derecho. Conferido de fe pública y dotado de su conocimiento legal, el notario público otorga seguridad jurídica a las actas que redacta y autoriza. Ante él, la sociedad descansa por la confiabilidad preventiva que otorga. Este brinda una protección en contra del fraude y el error, constituye un método preventivo al desarrollo de pleitos y le da un matiz profiláctico a todos los actos privados que ante él se otorgan. 

El notario público es el testigo por excelencia de los tribunales. 

La pandemia que padecemos nos obliga a tomar medidas para evitar los contagios, de manera principal se aconseja evitar el contacto con otras personas; debido a esta situación es lento y engorroso cumplir con los requisitos exigidos para efectuar un trámite ante un notario público, pero la tecnología puede facilitar la gestión de documentos notariales sin afectar su seguridad jurídica. 

Mediante la ley 140-15 el legislador reconoce en su artículo 31 párrafo IV las ventajas para la economía de los avances tecnológicos en el comercio electrónico con documentos y firmas digitales y ordena a la SCJ establecer por vía reglamentaria todo lo relativo para el uso de los documentos y firmas digitales en ocasión del ejercicio de la función notarial. 

Este reglamento establecido en la ley del notariado publicada el 12 de agosto del 2015, hace seis años, no se ha realizado. Desconocemos las razones. 

Por falta de tecnología no es, ya que de acuerdo con la firma signatura el uso de la tecnología blockchain es tan segura que solo se necesita al notario para otorgar fecha cierta. Nos estamos haciendo obsoletos.  

La notaria digital se está implementado en todo el mundo, en España por ejemplo tiene diez años en uso y en este mismo mes Colombia ha hecho oficial el lanzamiento de la notaria digital, ya los usuarios pueden realizar, de manera virtual, los trámites ante los notarios que hayan cumplido con los requisitos técnicos. 

La implementación del documento electrónico y firma digital no crea una nueva forma jurídica. Solo que el documento se almacena en otro soporte que se rige por los mismos principios de la teoría general del documento y la prueba.

La forma virtual determina la existencia del documento público notarial digital por la intervención del notario que certifica, con la equivalencia de su eficacia probatoria con los instrumentos públicos notariales en soporte papel.

La intervención notarial en los documentos electrónicos permite la adecuada individualización del interviniente, la apreciación de su intención, discernimiento y libertad y el carácter de su intervención, otorgando la legalidad al acto.    

El notariado es una figura jurídica que ha evolucionado lentamente a través del tiempo, ajustándose a las necesidades de su figura, concepto y propósito.

En estos momentos la SCJ está frente a un nuevo reto para llevar la función notarial a nuevos tiempos, lo que puede significar una profunda transformación de la institución del notariado, ese reto es el uso de la firma electrónica notarial. Los documentos así firmados darían como resultado documentos notariales electrónicos. 

tommymejiapou@hotmail.com

 JPM

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SamiBaceri
SamiBaceri
1 Año hace

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