Código Penal establece prisión y multas difusión no autorizada

imagen
El nuevo Código Procesal Penal entrará en vigor en agosto próximo.

Santo Domingo, 2 may (EFE).- El abogado Amadeo Peralta afirmó este sábado que el nuevo Código Penal, que entrará en vigor en agosto venidero, establece penas de prisión y multa de salarios mínimos a quienes difundan por los medios de comunicación notas de voz, audio, video o una foto de cualquier persona sin que esta haya dado su autorización por escrito.

Peralta detalló, en una nota de prensa, que las sanciones más leves para quienes sean hallados culpables conllevan una pena de seis meses a 1 año de prisión y multas de 1 a 2 salarios mínimos del sector público.La pena puede aumentar a 5 años si el audio, imagen o videos son alterados o falsos.

5 A 10 AÑOS DE PRISIÓN Y MULTA DE 10 A 20 SALARIOS MÍNIMOS«La difusión de la imagen, videos o audios falsos o alterados por medio de montajes o por cualquier otra forma, sin el consentimiento de la persona que dañen o ataquen el honor, el buen nombre o la propia imagen y reputación personal, será sancionado con 2 a 5 años de prisión menor y multa de 9 a 15 salarios mínimos del sector público», dijo el profesor del derecho.

De acuerdo al abogado, la pena para este tipo de delitos aumentará de 5 a 10 años de prisión mayor y multa de 10 a 20 salarios mínimos del sector público, si el contenido difundido tiene carácter íntimo, sexual o compromete gravemente la dignidad de la persona, así como si se realiza con la intención de chantaje, extorsión, venganza o descrédito público.

MENORES, EMBARAZADAS  O ADULTOS MAYORES

Además, si la víctima es menor de edad, adulto mayor, mujer embarazada o persona con discapacidad; si la difusión de audios, imágenes o videos sin consentimiento fue realizada por una persona con autoridad o relación de poder respecto de la víctima, y si la publicación se realizó a través de redes sociales, páginas web o plataformas digitales de acceso masivo.

Peralta exhortó a la población a estar atenta a la nueva legislación, porque también existe la ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, con penas de hasta 7 años de prisión que, bajo la figura del cúmulo de penas, le permite al Ministerio Público agregar en una acusación varios artículos de esta ley, así como la tipificación de asociación de malhechores, con lo cual las penas pueden ser mayores, aún se cometan fuera del territorio dominicano.

an/am
Compártelo en tus redes:
0 0 votos
Article Rating
guest
4 Comments
Nuevos
Viejos Mas votados
Comentarios en linea
Ver todos los comentarios
visiona
visiona
28 minutos hace

Pero muy bien aprobada ese «codigos procesar penal», para eso «grande calumniadores,sean periodista, cronista, medio de prensa, y dema’s periodicos del territorio nacional, e internacional.,con apego al gobierno de turno., para a aquello bandidos antisociales, que le gustan montar videol falso de person a con un a respetada respujtacio’bn moral ,y honesta y digno respeto, social, .y ese coldigos procesal penal, hace tiempo tenia que ser vigentes.

AREA 8O9
AREA 8O9
37 minutos hace

Waaaooo..que noticia tan buena pero tenían que ser más fuerte y drástica esa ley a ver si así estos youtubers y pocatero y sicarios de las redes le bajan algo..empezando por Santiago Matia ..angel Martinez..la quinta pata. . Jhon baba Barry .José marayo..MonolaTV..Rafael el haitiano Linares. Mario.. KAPULET..la Tora y los 3 marrano que trabajan con ella…se le va acabar su chantajes y difamación.partia de delincuente ..

El Marrón
El Marrón
38 minutos hace

Más peligroso a que se caiga el techo de mi negocio full de gente

ASURBANIPA
ASURBANIPA
58 minutos hace

¿CUAL ES LA PENA PARA LOS QUE FIRMEN ESCENAS VIOLENTAS HASTA QUE LA VICTIMA SE DESANGRE COMO EN EL CASO DE SANTIAGO?
¿SI PROHIBE QUE SE FIRME LA AUTORIDAD SEAN POLICIAS , MILITARES O FISCALES CUSNDO ESTA CUMPLIENDO O EXACERBANDOSE EN SUS FUNCIONES COMO EL CORONEL QUE ABUSO DE SU AUTORIDAD GOLPEANDO UNA MENOR.