Santo Domingo, 1 ago (EFE).- El abogado penalista Manuel Sierra Pérez consideró hoy que la persona que captó y difundió el vídeo de una pareja sosteniendo relaciones sexuales en una empresa de Santo Domingo, ha cometido una infracción a la ley y puede ser sancionada con penas de hasta dos años de cárcel y 50.000 de multa.
Explicó que para resolver el caso y sancionar a los culpables es necesario que los afectados acudan al Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat), porque como el hecho se ha generado inicialmente a través de Internet, ese es el departamento que va a localizar la primera difusión que se hizo y las consecuentes difusiones que se hicieron con la finalidad de alimentar el morbo público.
«No se trataba de un atentado en contra de la seguridad del Estado, de un homicidio o de algo que afectara el orden público. Esa persona no tenía derecho a difundir ese video. Ha habido una intervención ilegítima en la vida privada de esos ciudadanos», expresó Sierra Pérez, en nota difundida por el periodista Julio Martínez Pozo.
El jurista dijo que se trataba de dos personas privadas, y que la iniciativa de la denuncia debe ser de una de las personas afectadas, pero destacó que eso no va a suceder porque no se sabe si se trata de dos personas que tienen otras parejas.
«Eso no pasará de una alimentación más del morbo público y de una forma de entretener más a la ciudadanía», enjuició.
Explicó que ha visto diversas opiniones de abogados, pero que al hacer un análisis profundo de lo que establece la Constitución, y la ley 297 que modifica el Código Penal Dominicano, cuando se graben o se capten imágenes o videos de la vida privada en un ciudadano o de unos ciudadanos en un espacio privado, se podría incurrir en violación al derecho de la privacidad.EFE


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