¿A quién benefician las reservas de candidaturas? (OPINION)
La selección de los candidatos a cargos de elección popular, como sostiene Otto Kirchheimer, es la función más importante que realizan los partidos políticos, motivo por el cual, para la escogencia de estos, deben utilizar mecanismos que garanticen la democracia interna, en cumplimiento del mandato del artículo 216 de la Constitución Política.
Contrario al argumento de los partidos políticos que objetan la Resolución No. 13-2023, Sobre la Aplicación del Porcentaje de Reservas de las Candidaturas, dictada por la Junta Central Electoral, el pasado día 9 de julio, la aplicación de las reservas por nivel de elección repercute principalmente en la democracia interna de los partidos políticos, al momento de seleccionar sus candidatos, sin afectar las alianzas ni a los partidos emergentes.
En ese sentido, la referida resolución tiene un impacto positivo a favor de la democracia interna de los partidos políticos, la cual, por vía de consecuencia, hace más justo el proceso de selección de candidatos, en beneficio de los militantes de los partidos políticos.
Sin embargo, debemos aclarar que esta contribución a la democracia interna de los partidos políticos es un mérito del Tribunal Superior Electoral, que fue quien dictó, el 7 de agosto de 2019, la sentencia TSE-027-2019, que dispuso la aplicación de las reservas de candidaturas por nivel de elección, la cual, sencillamente, ha sido acatada por el órgano administrativo electoral.
Para no dejar lugar a duda, el Tribunal Superior electoral plasmó en la referida sentencia la aplicación de la reserva del veinte por ciento de la manera siguiente: 32 senadores, 6 reservas; 190 diputados, 38 reservas; 158 alcaldes, 32 reservas; 1,164 regidores, 233 reservas; 235 directores, 47 reservas; 235 subdirectores, 47 reservas; y 735 vocales, 147.
Aunque la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos limitó las reservas al 20 por ciento de las candidaturas y, al mismo tiempo, dispuso identificarlas y depositarlas en la Junta Central Electoral antes del inicio de la precampaña, para que los precandidatos estén debidamente informados sobre los cargos por los que compitan, la sentencia del TSE es la que garantiza el uso adecuado de las reservas.
De no aplicarse la reserva del 20 por ciento por nivel de elección, las cúpulas de los grandes partidos podrían, como antes, reservarse la totalidad de cargos de senadores, diputados y alcaldes, en base a los 4,113 puestos que se elegirán en las elecciones.
Hasta la publicación del borrador de la resolución de las reservas, ninguna organización política había objetado la aplicación de la reserva por nivel de elección. Por el contrario, los partidos que actualmente se oponen a la aplicación de la reserva por nivel de elección apoyaron la propuesta de la Junta Central Electoral de reforma de la Ley núm. 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, cuyo artículo 58 se modificó para su aplicación por nivel de elección y de modo repetido, igual que la sentencia del TSE.
Finalmente, la Junta Central Electoral ha sido coherente y ha cumplido con su obligación de darle cumplimiento a la sentencia TSE-027-2019, como esperamos lo sean los partidos que han objetado la aplicación de la reserva por nivel de elección.
jpm-am

Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
El COE mantiene en alerta verde al Gran SD, San Cristóbal y SPM
NY: Mamdani revoca órdenes ejecutivas que proclamó Adams
52 menores se intoxicaron con alcohol en Navidad y Año Nuevo
Dinamarca sigue firme contra plan de EU sobre Groenlandia
Dólar bajó ocho centavos; este viernes era vendido a RD$63.38
QATAR: R. Dom. participa en conferencia Naciones Unidas
Jet Set y SENASA, principales hechos noticiosos 2025 en RD
Gobierno dice benefició a 202 mil dominicanos con viviendas
Nuevo Alcalde inicia acciones contra crisis de vivienda en NY
Prisión preventiva y crisis del garantismo: reflexión crítica
















Sr. Olivares, usted pregunta, A quién benefician las reservas de candidaturas? Y yo le pregunto a usted, a quién beneficia tener un asesor económico, que trabaja para Gilbert Bigio, aconsejando al sr. Abinader? A quién beneficia tener, dirigiendo la división de hidrocarburos en el ministerio de Energía y Minas, a una persona que trabaja, casualmente, con Gilbert Bigio? Si me responde esas dos, tengo varias más.
كل ما يلمع هو الذهب؟
La sentencia del 2019 que este disparatoso haitiano menciona, no tiene valor alguno, ya que con posterioridad a esa sentencia, la ley fue modificada, por lo que los jueces ahora tienen nuevas normas para evaluar y decidir…
La mayor parte de los impuestos que pagamos se los chupan estos políticos vividores
Desde cuando los haitianos pagan impuestos? pretenden vivir atacando políticas de otros países con cuentas falsas.para crear opinión pública favorable,que ayuden a mantenerse como parásitos en presupuesto de otros países,fájense allá y dejen de estar de vividores!!
Es un artículo preciso y conciso, que no deja hilo suelto, pienso que los partidos tradicionales están manipulando para ellos disponer a su antojo la reserva del 20%, la cúpula quiere imponer su forma draconiana en contra de la base, la cúpula solo usan la base para limpiarse el trasero, son la base que se benefician de cada nivel de elección, imponer 20% al universo de elección es antidemocrático, ahora la base decidirán, no la cúpula.
La opinión, positiva o negativa, de esta decisión de la JCE, va depender del lado que esté. Todavía, en este momento, tanto oposición como gobierno, la critican cuando ésta no dependa a su favor. Así es la política en la R. D. cuando conviene o no, defendamosla.-