Establecen reembolso a pacientes por pruebas de laboratorio de COVID
SANTO DOMINGO.- La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) aprobó el reembolso a los pacientes por las pruebas para detección del COVID-19 facturadas desde el 18 de marzo.
Las administradoras de riesgos de salud reembolsarán a los afiliados, como monto máximo, la tarifa acordada entre el Ministerio de Salud Pública y los laboratorios privados.
Este reembolso aplicará para todos los ciudadanos que hayan pagado por las pruebas durante el período transcurrido entre el 18 de marzo, fecha de la firma del acuerdo entre el Ministerio de Salud Pública y los laboratorios autorizados, y el 31 de marzo, cuando entró en vigencia la Resolución de SISALRIL e incluso posterior si la ARS no pudo otorgar dicha cobertura por razones operativas.
Para acceder al reembolso, las personas deberán remitir a la ARS en la cual está afiliada, por vía electrónica, la documentación escaneada, o por foto, una carta de solicitud de reembolso en la que justifique su requerimiento, conteniendo fecha, nombre completo y número de cédula, teléfono, correo electrónico y cuenta bancaria a la que le sería acreditada la devolución.
Asimismo, la persona deberá remitir a la ARS copia legible de la factura del laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud Pública, copia de la receta médica conteniendo la prescripción de la prueba, copia de la cédula y del carné de la ARS. En caso de menores de edad se debe agregar copia de la cédula del padre o la madre, y copia del resultado del examen entregado por el laboratorio. Las personas no afiliadas deben remitir esta documentación al SeNaSa, con excepción del carnet de afiliación.
Igualmente, en lo adelante, los centros de salud públicos, privados, patronatos u otros constituidos como asociación sin fines de lucro, que tengan acuerdos con cualquiera de los laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública para realizar la prueba, podrán solicitar la autorización y facturar directamente a las ARS.
La prescripción deberá cumplir los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud Pública a través de los Protocolos oficializados. La cobertura será del 100%, sin copagos o diferencias a cargo de los pacientes.
JPM

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