SANTO DOMINGO.- El ministro de Administración Pública, Ramón Ventura Camejo, aclaró que la Ley de Función Pública no prohíbe a los funcionarios realizar proselitismo.
Explicó que «esa ley lo que restringe son las actividades políticas en lugares de trabajo, el uso de recursos del Estado y la exhortación a empleados a participar en actos partidistas».
Destacó que el artículo 80 de la ley 41-08, que establece prohibiciones a los servidores públicos, «no toca sus derechos ciudadanos de participación política consagrados en la Constitución». «así es que ellos pueden ejercer después de la jornada laboral», afirmó.
«Otras leyes establecen incompatibilidades entre funcionarios y labor política, de manera específica para los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Público, pero permite que el resto de servidores ejerzan los derechos políticos que le indica la Constitución», indicó.
Recordó que «la amplia legislación de función pública vigente es obra de la gestión del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) con el objetivo de regular el empleo, garantizar la carrera administrativa, profesionalizar el servidor público con la permanencia por buen desempeño y apego a la transparencia, ética e institucionalidad, en el marco de los principios y valores del orden democrático»
Destacó que los avances institucionales logrados han sido reconocidos dentro y fuera del país por leyes como la orgánica 247-12 y la 107-13 que establece derechos de las personas en sus relaciones con la administración y del procedimiento administrativo, que se considera modelo en Iberoamérica.


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