ESPAÑA.- La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) han pedido a los medios de comunicación que se respete la intimidad de Gabriel Cruz y de su familia, así como la presunción de inocencia de la acusada del crimen del menor, Ana Julia Quezada, «mediante un tratamiento informativo responsable que conjugue el derecho a la información con la protección constitucional de las partes intervinientes».
El juicio oral contra Ana Julia Quezada, la autora confesa de la muerte violenta del menor Gabriel Cruz el 27 de febrero del pasado año en el núcleo nijareño de Rodalquilar se celebrará el 9 de septiembre en con jurado popular, ante la Audiencia Provincial de Almería.
«Extendemos esta petición a todos los casos mediáticos en curso o por venir por ser una asignatura pendiente en nuestra sociedad», han indicado en un comunicado conjunto la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD).
Para estas tres asociaciones de jueces, en el caso de Gabriel Cruz, «algunos medios de comunicación no han respetado la voluntad expresa, reiterada e inequívoca» de los padres a que se respete la memoria de su hijo y no se haga del juicio un «circo mediático».
En este sentido, la APM, la AJFV y la JJpD consideran que «además de haberse difundido información que pudiera incumplir el Estatuto de la Víctima y vulnerar el derecho a la intimidad familiar, se ha obviado la voluntad de los directamente afectados».
«El caso de Gabriel Cruz no es el único, pero, dada la voluntad familiar inequívocamente prestada y que la familia nos ha trasladado, es una oportunidad idónea para reflexionar sobre qué tipo de información sobre casos judiciales queremos e, incluso, emular las prácticas periodísticas de algunos países de nuestro entorno, más respetuosos con estos temas», han subrayado.
Según las asociaciones de jueces, en los últimos tiempos hay «un creciente interés» del público y de la prensa por los casos denominados ‘mediáticos’ y también «un cambio sustancial» en su tratamiento informativo, si se compara con épocas anteriores.
«El derecho a la información está reconocido en la Constitución como un derecho fundamental y, en estos casos, nadie duda de que haya interés público. Por tanto, hay un derecho social de ejercicio individual a recibir información veraz de los medios de comunicación, cuya función democrática es incuestionable», han señalado.
Asimismo, han indicado que en este tipo de juicios «no se protege de igual forma» el derecho de los investigados a un juicio justo con todas las garantías conforme al artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que «pasa por el escrupuloso respeto a la presunción de inocencia».
«Se difunden datos e imágenes de ellos –los investigados– sin especial relevancia en el caso y, a menudo, asistimos a debates televisivos y en prensa en los que se da por sentada su culpabilidad», han criticado, para después añadir que tampoco «se presta atención en la difusión de la información al derecho de las víctimas a que se respete su derecho a la intimidad y a la imagen».


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