SANTO DOMINGO. El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible el recurso de amparo que buscaba anular la alianza del Partido Revolucionario Moderno (PRM) con el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) en la provincia Santo Domingo.
El tribunal no admitió el amparo en virtud de que las nulidades de candidaturas y de boletas solicitadas por Fredermido Ferreras Díaz y compartes, no corresponden al ámbito de la acción de amparo y no se ha constatado violación a derechos fundamentales en perjuicio de la parte accionante.
De igual forma rechazó la excepción de inconstitucionalidad del pacto de alianza o coalición entre el PRSC y el PRM, solicitada en razón de que dicho pacto no es violatorio a la Constitución de la República.
La Acción de Amparo fue incoada por Fredermido Ferreras Díaz, Abel Jourdain García, Vianny Mabel Rodríguez Acevedo, Estervina Urbáez de la Paz, Elías Burto Toribios Veras, Alexandra González Lafontaine, Marino Vanterpool Lora, Rómulo Calzado Scheffer, Ramón Marino Asiático Mota, Maritza G. Mejía Bautista, José Luis Ogando Martínez,.
También por Eladio Inojosa Crucey, Dismeris María González Reyes, Maritza Araujo Almonte, Yanet Castillo, Cledo I. Rivera Rivera, Manuel Encarnación Araujo, Frederick Leomel Ferreras González, José Castillo, Heriberto Antonio Díaz Díaz, Virgilio Lebrón, Yannetty Ferreras, Miguel Antonio Díaz, Albannetty Ferreras, Elidania Rodríguez Valdez, Senildo Berroa Rodríguez, y Juan Gabriel Marte Santana.
Aunque el presidente del PRM en la provincia, Rafael Santos Badía, había anunciado que recurriría ante el TSE por la alianza que, según dijo, se manejó de mal manera, en el recurso él aparece como accionado, no accionante.
El TSE también declaró inadmisible la acción de amparo, incoada por Johan Manuel Beras Mejía, contra el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en El Seibo. El tribunal aplazó ayer otras 18 audiencias.
Reproducido de DIARIO LIBRE


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