PUERTO RICO: Proponen electores emitan votos a través del internet

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San Juan, 23 ene.- El legislador Ángel Matos, del opositor Partido Popular Democrático, propuso hoy evaluar los Proyectos de la Cámara 1771 y 349, con el propósito de que para este ciclo electoral del 2020, los electores puedan emitir su voto, si es íntegro, a través del internet, para agilizar más el proceso.

En un comunicado de prensa, Matos explicó que el propósito del proyecto es que en cada evento electoral la página web de la Comisión Estatal de Elecciones, www.ceepur.org, haga disponible un registro de electores en línea y donde cada votante llene un perfil de usuario con un código de seguridad.

Con esa clave de seguridad, el elector tendrá acceso a las papeletas de votación y se le permita ejercer el derecho al voto desde cualquier equipo electrónico hábil, como computadores, tabletas personales, teléfonos inteligentes, entre otros.

Además, cada elector o electora tendrá una firma electrónica, que será la misma que aparece en la tarjeta electoral, con el fin de verificar la autenticidad del elector o electora al momento de ejercer su derecho al voto al amparo de las disposiciones de la Ley 359-2004, según enmendada, conocida como la «Ley de Firmas Electrónicas de Puerto Rico», agregó Matos.

«También se podrá contabilizar desde el centro de operaciones electorales y se emitirá una confirmación de que el voto fue emitido», indicó Matos.

El legislador, no obstante, aclaró que esta iniciativa no sustituye, elimina o reemplaza de ninguna manera el voto electrónico ni el escrutinio electrónico, pues estas iniciativas son en el colegio de votación y esta propuesta es para que un elector hábil emita su voto desde cualquier rincón del mundo el mismo día del evento.

La propuesta de Matos añade un nuevo inciso (97) al Artículo 2.003 y agrega los nuevos Artículos 9.45, 9.46, 9.47 y 9.48 a la Ley 78-2011, según enmendada, conocida como el «Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI».

Dicha ley tiene como fin crea el Voto Integro Adelantado por Internet, establece el mecanismo a ser implantado por la Comisión Estatal de Elecciones y su página cibernética y dispone garantías de seguridad para el votante; y para otros fines relacionados. 

of-am

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