La Junta Central Electoral y el voto automatizado

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EL AUTOR es abogado, expresidente de la República y presidente del Partido La Fuerza del Pueblo.

En su resolución del pasado 28 de noviembre, el Pleno de la Junta Central Electoral decidió la adopción de un sistema mixto de voto automatizado y de boletas electorales impresas para la elección de candidatos a cargos de elección popular, en los comicios municipales a efectuarse en febrero del año próximo.
De manera específica, el órgano electoral indica que serán utilizados hasta 10 mil módulos de votación automatizada, para igual número de colegios electorales.

En esa cantidad de colegios electorales se hará un conteo manual al cien por ciento. En el resto de los colegios electorales, se ejercerá el sufragio a través del uso de boletas electorales impresas.

El criterio es que el sistema de voto automatizado será aplicado en aquellas demarcaciones que, de acuerdo con la autoridad electoral, disponen de mayor complejidad para el escrutinio del voto preferencial.

Entre esas demarcaciones se encuentran aquellas en las cuales hayan de escogerse 13 o más regidores, con sus respectivos suplentes, directores de Distritos Municipales y vocales.

En la resolución de la Junta Central Electoral se seleccionaron 17 grandes demarcaciones, las cuales impactarían el 60 por ciento de los colegios electorales y el 61 de los votantes, esto es, 4.5 millones de los 7.4 millones que figuran en el padrón electoral.

El hecho de que se haya decidido un sistema de votación mixta, con el conteo manual del 100 por ciento de los votos emitidos en forma automatizada, implica, obviamente, un avance con respecto de lo que aconteció en las elecciones primarias del PLD y el PRM, el pasado 6 de octubre.

En aquella ocasión, en que por vez primera se hacía uso del voto automatizado, en calidad de proyecto piloto, la autoridad electoral se negó, de manera absurda e irracional, al conteo de los comprobantes de votación depositados en las urnas, lo que, sin dudas, le habría concedido mayor certidumbre al certamen; y, por supuesto, mayor confianza a la propia Junta Central Electoral.

Otras medidas

En adición, por medio de su resolución, el Pleno de la Junta procura corregir, lo que nos parece acertado, otras fallas o debilidades en que se incurrieron durante las primarias del PLD y del PRM del pasado 6 de octubre.

Por ejemplo, la autoridad electoral decidió incluir la incorporación de un lector de huellas dactilares, que no se aplicó en las primarias, a los fines de garantizar “la integridad inequívoca de la identificación del votante”.

Asimismo, invocando el artículo 225 de la Ley Núm.

15-19, afirmó que se dará estricto cumplimiento al entintado del dedo índice de la mano izquierda de los votantes; y reiteró que los “electores con discapacidad para votar podrán hacerse asistir de algún familiar o persona de su confianza que le acompañe a preparar su voto, siempre con la autorización del Presidente del colegio electoral”.

Todas esas son medidas adecuadas. Pero resultan particularmente pertinentes varias decisiones del órgano electoral con relación a la forma en que habrá de conducirse el proceso electoral de febrero, las cuales derivan de amargas lecciones aprendidas durante las primarias de los partidos políticos.

En tal virtud, el Pleno de la Junta Central Electoral dispuso que los “resultados del voto automatizado se produzcan una vez concluidas las actuaciones del colegio electoral”; y que esos resultados, a su vez, sean divulgados a la opinión pública, luego de haberse comprobado el cierre de las votaciones en todos los colegios electorales.

Que bien. Magnífico. Como debe ser. Sin embargo, habría que preguntarse, ¿por qué esas medidas, que resultan tan de sentido común, no pudieron aplicarse con el debido rigor durante las primarias del 6 de octubre? A pesar del encomiable esfuerzo que realizan los integrantes de la Junta Central Electoral por superar desaciertos del pasado, hay, en su reciente resolución, un aspecto que amerita cierto nivel de aclaración.

Es cuando se aborda el tema de la transmisión de los datos. En ese caso, apelando al Protocolo sobre Conteo Manual y Voto Automatizado, que fue aprobado en la resolución del órgano electoral, se hace referencia a la transmisión de los resultados del voto automatizado.

¿Qué significa eso? ¿Qué los votos que se van a transmitir a la opinión pública son los que se computan única y exclusivamente en las máquinas? Si es así, ¿qué va a ocurrir, entonces, con el conteo manual? ¿Sólo servirá como elemento de prueba para hacer algún reclamo, o por el contrario, se contará para verificar la coincidencia con el voto automatizado antes de su transmisión? Para mejor garantía a la integridad del proceso, es algo que requiere mayor claridad y precisión.

La auditoría

Finalmente, en su resolución, el Pleno de la Junta Central Electoral hace referencia a las fracasadas gestiones que se hicieron durante los meses de octubre y noviembre para que la empresa Deloitte and Touch, hiciera una auditoría al sistema de voto automatizado.

Frente al referido fracaso, el órgano electoral señala que en audiencia pública se solicitó a los partidos políticos la búsqueda de una empresa auditora, y ante la falta de respuesta, se decidió “someter a la consulta de los partidos políticos la contratación de la firma auditora PKF Guzmán Tapia”.

¿A qué auditoría se refiere la Junta Central Electoral? Se presume que se refiere a una auditoría forense e integral que se solicitó a los fines de determinar si hubo acciones fraudulentas, manipulación y adulteración de la data en las primarias del 6 de octubre.

Respecto a qué empresa podría realizar ese tipo de auditoría o cualquier otra relacionada con el voto electrónico o automatizado, no hay que dar mucha vuelta.

Está la International Foundation for Electoral Systems, IFES, una organización de la sociedad civil, con sede en Washington, D.C., de gran prestigio internacional por especializarse en la realización de evaluaciones técnicas y forenses.

Pero, en lo que atañe a auditorías, la que está pendiente con miras a las elecciones municipales de febrero y a las congresuales y presidenciales de mayo del año próximo, fue la que la propia Junta Central Electoral aprobó en su sesión del 22 de febrero de este año, 2019.

En esa ocasión, el Pleno del órgano electoral decidió “la contratación de una empresa auditora de renombre internacional a los fines de que realice una auditoría técnica al software desarrollado por la Junta Central Electoral y que corresponde al modelo de voto automatizado que será utilizado en los equipos informáticos que se usarán en las elecciones primarias simultáneas del 6 de octubre”.

Esa auditoría no se hizo para las primarias del 6 de octubre y aparentemente no es la que está pensando hacerse para febrero y mayo.

A decir verdad, se trata de dos auditorías distintas: una es para fines de certificación, de garantía de integridad del proceso y generación de confianza. La otra, post-electoral, para evaluar si hubo irregularidades.

En el caso de la Junta Central Electoral, hacen falta las dos.

JPM

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