Desde que el Tribunal Constitucional declaró la nulidad absoluta de los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, por su desconexión conceptual con el título III (De las candidaturas independientes), y por violar el principio de razonabilidad, al limitar irrazonablemente el derecho a ser elegible a través de una candidatura independiente, partidos que viven del financiamiento público, y políticos instalados en el siglo pasado, se la han pasado demonizando la decisión del tribunal de cierre.
He aquí tres razones por las cuales, partidos que reciben cuantiosos recursos públicos aportados por los pendejos contribuyentes, para en nombre de la democracia vivir de ellos, y “políticos profesionales” anquilosados en la vieja política, se han dedicado a demonizar por completo la decisión del TC, alegando que las candidaturas independientes son un peligro para la democracia, y no para lo que en realidad terminará afectandolos a ambos:
1. Porque todos los votos que obtengan todos los candidatos independientes en el 2028, ya no les serán contados a ningún partido político (Los partidos verán reducido su caudal de votos).
2. Porque ya nadie está obligado a someterse a unas primarias internas, muchas veces manipuladas por las cúpulas de los partidos, y de por sí muy costosas, para ser candidato(a), pues ya cualquier ciudadano(a) que cumpla con los requisitos legales, lo podrá hacer a través de una agrupación social o cívica (Se les acabó el monopolio de las candidaturas a los partidos).
3. Y porque para el 2032, dependiendo de los resultados de los candidatos independientes (%), la JCE sí tendrá que compartir los recursos que provee el Estado para la financiación de las campañas políticas con los candidatos independientes (Los partidos recibirán menos dinero).
Esos son los fundamentos de su resistencia. Menos votos. Menos dinero. Y la pérdida del monopolio de las candidaturas.
Jpm

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