Históricamente, los médicos dominicanos hemos sido el pilar de la salud pública, enfrentando crisis sanitarias como la del COVID-19, donde fuimos aclamados como héroes. Sin embargo, hoy nos enfrentamos a una nueva realidad legislativa que amenaza con convertirnos en villanos ante la ley.
La Ley 74-25, que instituye el nuevo Código Penal, contiene artículos que, bajo el velo de la «modernización», colocan al profesional de la salud en una posición de vulnerabilidad extrema.
A continuación, analizamos los puntos más críticos que lesionan nuestro ejercicio y cómo debemos prepararnos para prevenirlos:
La Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas (Arts. 8-11, 39-41)
–La Amenaza: Por primera vez, los centros de salud (clínicas y hospitales) pueden ser sancionados penalmente de forma independiente a los médicos. Esto incluye multas de hasta RD$97.5 millones, clausura de establecimientos y disolución judicial.
–Impacto: Esto crea una presión administrativa que puede llevar a las clínicas a «lavarse las manos» y sacrificar al médico para proteger la institución.
– Prevención: Exigir protocolos institucionales claros y que la clínica cuente con un seguro de responsabilidad civil que cubra tanto a la institución como al personal.
Atentados Culposos contra la Vida (Art. 112)
–La Amenaza: Se tipifica el homicidio culposo por «torpeza, imprudencia, inadvertencia o negligencia» con penas de 2 a 3 años de prisión.
–Impacto: La ambigüedad de qué se considera «imprudencia» en un entorno de emergencia puede llevar a juicios injustos contra médicos que actúan bajo presión extrema.
–Prevención: Documentación exhaustiva en la historia clínica. Cada decisión debe estar justificada por escrito según los protocolos médicos internacionales.
Lesiones Culposas (Art. 150)
–La Amenaza: Si un paciente sufre lesiones con incapacidad mayor a 90 días, el médico enfrenta de 1 a 2 años de prisión.
–Impacto: Convierte cualquier complicación quirúrgica o médica esperada en un posible delito penal.
–Prevención: El Consentimiento Informado no es opcional; debe ser detallado, explicando claramente los riesgos de cada procedimiento y firmado por el paciente o tutor.
Divulgación de Información Confidencial (Secreto Profesional)
–La Amenaza: Las penas por violar el secreto profesional han aumentado, llegando hasta 1 año de prisión.
– Impacto: Un error en la gestión de expedientes digitales o una comunicación descuidada puede acarrear penas de libertad.
–Prevención: Estricto manejo de la confidencialidad. No discutir casos de pacientes en áreas públicas o redes sociales sin anonimización absoluta.
El Aborto y el Ejercicio Médico
–La Amenaza: Se mantienen penas de 2 a 3 años para profesionales de la salud que practiquen interrupciones, con excepciones muy limitadas de «estado de necesidad».
–Impacto: El médico trabaja con el «temor al presidio» incluso cuando intenta salvar la vida de la madre.
–Prevención: En casos críticos, las juntas médicas son vitales. No decida solo; actúe respaldado por el criterio de al menos tres especialistas y documente la urgencia vital.
Conclusión:
Estamos construyendo el camino hacia un Colegio Médico Dominicano (CMD) que sea un escudo real. No podemos permitir que una ley nos estrangule y nos lleve contra la pared. Nuestra vocación es salvar vidas, no defender la nuestra en un banquillo de acusados por ejercer con humanidad.


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Excelente reflexiones sobre la tensión que general el derecho penal y el ejercicio de la profesión médica. Totalmente de acuerdo con estos preceptos, siempre que la medicina siga siendo lo que dice el articulista «ejercer con humanidad». Sale de mis consideraciones los que ven en el ejercicio de la medicina un negocio para generar riquezas.