SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) garantizó el derecho a los afiliados del Seguro de Discapacidad y Sobrevivenciaen todos los casos que actualmente están en proceso de reclamación y apelación.
Mediante la resolución 461-07, el órgano rector también reconoce todos los casos declinados de afiliados que, cumpliendo con el grado de discapacidad establecido, estaban cotizando para la Seguridad Social al momento del siniestro o enfermedad, informó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto.
“Con esta decisión el Consejo garantiza el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Contrato Póliza del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia, que plantea que el derecho a la pensión por discapacidad se inicia a partir de la fecha de siniestro, siempre y cuando el afiliado este cotizando en dicha fecha y el pago de la pensión por discapacidad a partir de la fecha de concreción”, explicó.
Pérez Modesto manifestó que la medida protege en todo caso a los afiliados al Sistema Dominicano Seguridad Social ante una solicitud de pensión por discapacidad causada por una enfermedad común, un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.
“Producto de una interpretación errónea del Contrato Póliza del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia, muchos afiliados en proceso de una pensión por discapacidad eran perjudicados. Mediante esta resolución el Consejo le garantiza su derecho de contar con este beneficio”, expresó.
Dijo que dicha resolución autoriza a las compañías aseguradoras que tienen contratada la cobertura del Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia para hacer las revisiones correspondientes y aplicar la cobertura del beneficio establecido para casos que fueron declinados previo al presente mandato.
of-am


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