En los últimos años se ha observado un notable incremento de balnearios y centros recreativos establecidos en ríos, cascadas y charcos de la República Dominicana. Este crecimiento responde al auge del turismo interno, el ecoturismo y las excursiones de montaña, actividades que han generado oportunidades de negocio para numerosos propietarios de terrenos ribereños. Sin embargo, esta expansión también plantea importantes desafíos para la protección del medio ambiente y el respeto de los bienes de uso público.
En muchos casos, estos balnearios son administrados por particulares que restringen el acceso a los ríos mediante el cobro de peajes o tarifas de entrada, aun cuando se trata de recursos naturales cuyo disfrute debe garantizarse conforme a la legislación ambiental. Esta situación ha generado inquietudes sobre la supervisión y el control que corresponde ejercer al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
La Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00 establece principios para la protección de los recursos hídricos y contempla la conservación de las franjas de protección de los ríos, así como la regulación de las intervenciones que puedan afectar los ecosistemas. Asimismo, la legislación limita el represamiento o la modificación del cauce de los ríos sin la autorización de las autoridades competentes. Estas disposiciones buscan garantizar tanto la preservación ambiental, la no contaminacion de las aguas y debe garantizar el libre acceso de las comunidades a las fuentes de agua.
Durante recorridos por distintas provincias del país he podido observar balnearios improvisados donde se cobra por el acceso al río. Al preguntar por la presencia de inspectores del Ministerio de Medio Ambiente o de las autoridades sanitarias, la respuesta más frecuente es que las inspecciones son escasas o inexistentes. Esta percepción ciudadana pone de manifiesto la necesidad de fortalecer la vigilancia institucional.
Toda persona o empresa interesada en desarrollar actividades recreativas o comerciales en las proximidades de un río debería cumplir estrictamente con las autorizaciones ambientales correspondientes y asumir responsabilidades claras en materia de conservación. Entre ellas figuran el manejo adecuado de los residuos sólidos, la protección de la cobertura boscosa, la prevención de la contaminación del agua, la preservación de la biodiversidad y la implementación de medidas de seguridad para los visitantes.
De igual manera, el Ministerio de Salud Pública debe ejercer una supervisión permanente sobre los establecimientos que expendan alimentos y bebidas en estos balnearios, verificando las condiciones higiénicas, la manipulación de los alimentos y el cumplimiento de las normas sanitarias. Las denuncias de visitantes afectados por intoxicaciones alimentarias o por posibles infecciones evidencian la importancia de reforzar estos controles.
El crecimiento de las excursiones hacia cascadas, ríos, charcos y senderos ecológicos representa una excelente oportunidad para impulsar el turismo sostenible y dinamizar las economías locales. No obstante, ese desarrollo debe ir acompañado de una regulación efectiva que garantice la conservación de los ecosistemas, la seguridad de los visitantes y el respeto por los derechos de acceso a los bienes naturales.
La República Dominicana posee una extraordinaria riqueza ambiental, integrada por bosques, montañas, ríos y una amplia diversidad de flora y fauna que constituye parte de su patrimonio natural. Proteger estos recursos es una responsabilidad compartida entre el Estado, el sector privado y la ciudadanía.
El desafío consiste en encontrar el equilibrio entre el aprovechamiento económico de estos espacios y su conservación para las presentes y futuras generaciones. El turismo de naturaleza puede convertirse en un motor de desarrollo, siempre que esté sustentado en el cumplimiento de la ley, la supervisión de las autoridades y el compromiso con la sostenibilidad. En materia ambiental, el crecimiento solo será verdaderamente exitoso cuando avance de la mano con el desarrollo sostenible.
Señalamos algunas medidas que pueden mejorar el control y supervision de esas actividades, tales como:
Actualizar el registro nacional de balnearios y centros ecoturísticos autorizados,
realizar inspecciones periódicas conjuntas entre los ministerios de Medio Ambiente, Salud Pública, Turismo y las alcaldías,
establecer normas mínimas de seguridad, primeros auxilios, manejo de residuos y protección de los ecosistemas,
colocar señalización sobre la capacidad de carga de los balnearios y las medidas de conservación,
aplicar sanciones a quienes restrinjan ilegalmente el acceso a bienes de dominio público o contaminen los ríos.
of-am


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