Alcaldes pueden cancelar empleados

No me gustan las cancelaciones de empleados públicos cuando el acta de separación la justifica por conveniencias de la institución porque se pierde mucha experiencia adquirida cuando se sacan servidores con mucho tiempo en ejercicio y mucho talento. Además, estoy de acuerdo de que cada desvinculación sea un acto administrativo precedido de un juicio disciplinario que le respete el derecho a defenderse.

El Estado de Emergencia decretado por el Congreso mediante peticiones del presidente por hechos medioambientales que se constituyeron en calamidad pública, en ninguno de los 11 impedimentos de los derechos fundamentales está la prohibición de los alcaldes para cancelar a los servidores públicos en un estado de excepción. Tampoco hay una ley que nos diga qué hacer al respeto ante el estado de emergencia y por eso estamos actuando con resoluciones.

La resolución del Ministerio de Administración Pública el 23 de marzo prohibiendo la cancelación, sanción, o destitución de empleados en alcaldías, incluyendo a los servidores de alto nivel y hasta paralizando los procesos disciplinarios y administrativo de servidores públicos, además de ser un oportunismo del gobierno tras perder las elecciones municipales, contradice el proceso de desvinculación que establece la ley 48-01 de Función Pública.

¿Qué dice la ley de Función Pública en el capítulo 6 sobre la desvinculación de los servidores públicos en su artículo 94.1.2? La sustitución es la decisión de carácter administrativo emanado de la autoridad competente para separar a los servidores públicos.

Párrafo 1 y 2) Cuando se trata de funcionario de libre nombramiento y remoción o de alto nivel, lo puede cancelar a su libre discreción. Pero cuando se trata de empleados del estatuto simplificado y de carrera escogido por concursos de oposición solo se pueden cancelar a través de un procedimiento disciplinario tras cometer falta de tercer grado en el desempeño de sus funciones según articulo 84 de la referida ley y de su reglamento 523.

Pero una cosa dice la ley y otra cosa hace el gobierno en todas las instituciones públicas, autónomas y descentralizadas donde se cancelan a los servidores públicos sin abrirse ningún proceso disciplinario con tal irresponsabilidad que han tenido que acudir a la justicia administrativa para pedir mediante instancias su reposición pues tanto el MAP como la Comisión Disciplinaria no han servido como instancias de primer grado.

La prueba más fehaciente de este drama irrespetuoso es que el propio gobierno destituyó el 17 de abril en plena emergencia a Ramón Alvarado un Viceministro de Salud Pública porque salió fotografiado en una donación de la Fuerza del Pueblo y desvinculó a varios funcionarios de Inaipi sin ningún proceso disciplinarios, por recomendaciones extrajudiciales, después de haber suspendido por decretos las sanciones administrativas.

Con estas cancelaciones violando el derecho a la defensa e irrespetando sus propias disposiciones dentro del estado de emergencia, el gobierno pasó por encima de la Comisión Disciplinaria de Salud Pública y del Inaipi, y trapeó el piso con las funciones del MAP y del TSA sobre todo de este último que tiene atribuciones para impartir justicia administrativa en ultima instancia pero prefirió convertirse en ley, batuta y constitución.

Ahora el gobierno frustrado y decepcionado por el mal manejo del Covi 19 y con intenciones de quedarse en el poder mas allá del 16 de agosto, quiere amarrar los brazos de los alcaldes opositores para que no cancelen a los empleados morados y nombren a sus trabajadores que tienen más de 20 años malhumorados y en hoya pero nada ha hecho para suspender las cancelaciones por 90 días sin disfrute de salarios que ha dispuesto el sector empresarial en esta emergencia.

Aunque los Alcaldes deben actuar con mucho respeto, prudencia y humanismo en esta emergencia, pueden prescindir de cualquier empleado a través del Consejo de Regidores según la ley de Función Pública. Y es que por el principio de la Supremacía Constitucional la ley está por encima de Decretos, Reglamentos y Resoluciones. Lo que deben hacer estos servidores cancelados es impugnar la decisión y pedir su repostulación o sus beneficios laborales.

juanmojica1556@gmail.com

JPM/of-am

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RADHAMES MARTINEZ
RADHAMES MARTINEZ
3 Años hace

TODOS SABEMOS QUE EL 60% DE LAS PERSONAS PAGADAS EN LOS AYUNTAMIENTOS SON BOTELLAS. Y ME IMAGINO QUE TU ERA UNA DE ELLAS DIGO SINO ERA EN EL AYUNTAMIENTO ES EN LA GOVERNACION PERO LA TIENE. OJALA LOS NUEVOS ALCALDES TENGAN LA MORAL DE ADECENTAR LOS AYUNTAMIENTOS DE BOTELLAS Y QUE TODO AQUEL QUE RECIBA PAGO QUE SE LOS GANE TRABAJANDO.