SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Aduanas anunció que todas las personas que importen cualquier tipo de mercancías a través de los servicios de Empresa de Transporte Expreso Internacional (Couriers) están obligadas a presentar la Factura Comercial que demuestre que su importación es producto de una operación de compra y venta internacional.
La medida entrará en vigencia a partir del lunes 3 de abril, y está fundamentada en el Decreto No.402-05 de fecha 28 de julio del año 2005, que reglamenta el Despacho Expreso de Envíos.
Advierte Aduanas que en caso contrario -en donde las personas no presenten la factura comercial-, debe demostrar que se trata de una operación en la que no existe una venta.
Todo esto, precisa la DGA, en cumplimiento de lo que establece el decreto No. 36-11, de fecha 20 de enero del 2011, que instituye el Reglamento para la Valoración Aduanera, conforme al Acuerdo del Valor GATT de 1994.
Señala que el artículo 4 de ese reglamento consigna que “es obligación de todo importador probar que el valor declarado es el precio realmente pagado o por pagar de las mercancías importadas, para lo cual debe presentar la factura comercial correspondiente, con los elementos y datos que permitan su trazabilidad y validación”.
Con la nueva disposición la entidad busca fidelizar y transparentar todas las operaciones comerciales realizadas a través de los despachos expresos de envíos que proceden del exterior.
of-am


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