El horror de Ruanda a 27 años

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El autor es escritor, periodista y diplomático. Reside en Nueva York

La Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su resolución A/RES/58/234 decide declarar el día 7 de abril de 2004 Día Internacional de Reflexión sobre el Genocidio cometido en Rwanda.
De igual forma alienta a todos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales competentes, así como a las organizaciones de la sociedad civil, a que observen el Día Internacional con actos y actividades especiales en memoria de las víctimas del genocidio cometido en Rwanda.
El Secretario General de las Naciones Unidas, ONU, Antonio Guterres hace un llamamiento a todos los Estados para que actúen de conformidad con la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, a fin de que no vuelvan a repetirse acontecimientos como los ocurridos en Rwanda en 1994.
La fecha marca el comienzo del genocidio de 1994, el cual tuvo una duración de 100 días hasta mediados de julio de 1994, en la que cerca de un millón de personas fallecieron y unas 250.000 mujeres fueron violadas, lo que dejó a la población del país traumatizada y a su infraestructura diezmada.
Desde entonces, Rwanda ha estado enfrascada en un ambicioso proceso de justicia y reconciliación con el objetivo final de que todos los rwandeses vivan una vez más unidos y en paz.
La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, entró en vigor el 12 de enero de 1951, estableciendo que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar.
La Convención en su artículo 2 nos dice que se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
Matanza de miembros del grupo; Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; y Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Posteriormente el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el 8 de noviembre de 1994, estableció el Tribunal Penal Internacional para Rwanda (ICTR), con el mandato de enjuiciar a las personas que tienen la mayor responsabilidad por el genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en Rwanda entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1994.
Años más tarde, en diciembre de 2015, el Presidente del Tribunal, Juez Vagn Joensen, declaró al Consejo de Seguridad de la ONU que “el Tribunal celebró 5.800 días de actuaciones, inició actuaciones contra 93 personas acusadas, emitió 55 juicios de primera instancia y 45 de apelación, y escuchó los testimonios de más de 3.000 testigos que valientemente relataron algunos de los eventos más traumáticos imaginables durante los juicios del Tribunal».
El Gobierno de Rwanda restableció el sistema de justicia comunitaria tradicional denominado «gacaca» (se pronuncia GA-CHA-CHA), debido a que se buscaba solución al hecho de que miles de acusados seguían en espera de juicio en el sistema judicial nacional y era necesaria la justicia y la reconciliación a nivel de base. En este sistema las comunidades a nivel nacional eligen jueces que se encargan de los procesos contra sospechosos de cometer genocidio acusados de todos los crímenes, excepto la planificación del genocidio.
Estos tribunales imponen penas menos severas si la persona se ha arrepentido y trata de reconciliarse con la comunidad.
Con la finalidad de que perpetradores y víctimas coexistan en paz, el Gobierno de Rwanda ha adoptado diferentes medidas, como ejemplo podemos tomar la Constitución, ya que establece que todos los rwandeses tienen igualdad de derechos. Y todas las leyes aprobadas combaten la discriminación y la ideología genocida que los dividía.
JPM
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