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Los deportados de los Estados Unidos por haber cometido delitos y violación a la leyes de ese país, pueden volver a solicitar visa y tener éxito en su pedido.
Aunque los violadores de las leyes dentro y fuera de Estados Unidos se convierten en “inelegibles para entrar a este país», hay un “permiso especial» que levanta ese impedimento. Nos referimos al “perdón migratorio o waiver”, que en realidad es un “permiso” que se le otorga a los que han sido deportados por cometer faltas, pero que demuestran buen carácter moral.
Se valora que se hayan portado bien, que no estén involucrados en casos de justicia y también si han progresado económicamente.
Recordemos que los “Waiver-Perdones Migratorios” son discrecionales, un privilegio migratorio que invoca el ciudadano o residente legal, por la extrema penuria que sufriría o está sufriendo, si a su familiar inmediato se le niega la entrada a EU. Este perdón es fundamental para mitigar este sufrimiento, en gran medida o en su totalidad.
Las visas temporales son un PRIVILEGIO que está sujeto a discreción del oficial consular. La visa para la residencia permanente es un DERECHO legal, pero se convierte en un PRIVILEGIO a discreción de un oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EU (USCIS), cuando hubo violaciones a la ley migratoria-consular anteriormente.
Tenemos que precisar que el “perdón” tiene algunas limitaciones que provocan que se haga difícil otorgarlo, como es cuando las personas han cometido un crimen, un robo agravado con violencia en los que ha habido muertes, violencia doméstica, violaciones de menores, tráfico de personas, terrorismo o espionaje, o si ha sido un traidor a los Estados
Las visas temporales son un PRIVILEGIO que está sujeto a discreción del oficial consular. La visa para la residencia permanente es un DERECHO legal, pero se convierte en un PRIVILEGIO a discreción de un oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EU (USCIS), cuando hubo violaciones a la ley migratoria-consular anteriormente.
Tenemos que precisar que el “perdón” tiene algunas limitaciones que provocan que se haga difícil otorgarlo, como es cuando las personas han cometido un crimen, un robo agravado con violencia en los que ha habido muertes, violencia doméstica, violaciones de menores, tráfico de personas, terrorismo o espionaje, o si ha sido un traidor a los Estados
Unidos.
En estos casos los oficiales consulares analizan muy bien para otorgar tal permiso.
Con una buena asesoría para preparar su perfil adecuadamente, se puede conseguir demostrar al oficial consular que usted califica para recibir el permiso correspondiente y reencontrarse con sus familiares.
La personas inelegibles deberán llenar el formulario I-601, el cual debe ser completado por el solicitante que es inadmisible para los Estados Unidos. También existe el formulario I-212, una aplicación para obtener un permiso para aplicar de nuevo para la admisión en Estados Unidos después de haber sido deportado o devuelto de este país. Este formulario deberá ser llenado por un solicitante que haya sido rechazado inadmisible bajo la sección 212(a) (9)(A) o (C) de la sección de visa de inmigrante y nacionalidad (INA).
Desde la Asociación de Abogados Migratorios Dominicanos (ASOMIDO) hemos asumido el compromiso de orientar. Contamos con abogados expertos, con la mejor disposición de asesorar profesionalmente cada caso que se nos presente.
Siempre es bueno dejarse asesorar adecuadamente para lograr nuestros objetivos.
Orfelinacastro911@hotmail.com
Tel. 829-361-3704.


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