SANTO DOMINGO.- El expresidente de la Junta Central Electoral, Roberto Rosario, afirmó que la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre las restricciones al expendio de bebidas alcohólicas no modifica las limitaciones que actualmente rigen para colmados y otros establecimientos, debido a que estas continúan sustentadas en una resolución conjunta emitida por el Gobierno en abril de 2022.
Explicó que la decisión del TC corresponde al expediente TC-2025-0050, mediante el cual se conoció una acción directa de inconstitucionalidad contra un decreto promulgado en julio de 2006 durante la administración del expresidente Leonel Fernández, que establecía restricciones desde la medianoche de domingo a jueves y a partir de las 2:00 de la madrugada los viernes y sábados.
Sostuvo que, aunque el tribunal se pronunció sobre el decreto de 2006, las restricciones actualmente aplicadas no se sustentan en esa disposición, sino en la Resolución Especial No. ESP/001-2022, emitida el 11 de abril de 2022 por el entonces ministro de Turismo, David Collado, y el entonces ministro de Interior y Policía, Jesús Vásquez Martínez.
Indicó que esa resolución dejó sin efecto, en la práctica, el régimen del decreto de 2006 e introdujo nuevas limitaciones. Restringe el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, colmadones, car wash, parques mecánicos, parques acuáticos y tiendas de licores todos los días a partir de las 12:00 de la medianoche.
Asimismo, señaló que la resolución permite a discotecas, bares, clubes, restaurantes, centros de eventos, piano bar y casinos operar hasta las 2:00 de la madrugada de domingo a jueves.
«SE LIMITÓ EL SERVICIO A DOMICILIO»
Afirmó que la resolución de 2022 amplió las restricciones al prohibir también el despacho a domicilio de bebidas alcohólicas durante el horario establecido.
«Desde el 11 de abril del 2022, las medidas de restricción que han estado vigentes se sustentan en la resolución emitida en el gobierno del presidente Luis Abinader», expresó.
Recordó que en 2022 su oficina presentó una acción ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en representación de cientos de propietarios de colmados para solicitar la nulidad de la resolución conjunta.
Dijo que esa demanda fue rechazada en primera instancia, pero posteriormente la Suprema Corte de Justicia, mediante la Resolución SCJ-TS-25-2979 de fecha 29 de agosto de 2025, casó esa decisión y ordenó continuar con el proceso. Según Rosario, el TSA aún no ha emitido un fallo definitivo.
Explicó que por ello, la sentencia del TC carece de efectos prácticos para el sector mientras permanezca vigente la resolución administrativa.
PIDE DEROGAR RESOLUCIÓN DE 2022
En su demanda final y más enfática, en representación de cientos de propietarios de colmados, el expresidente de la JCE Roberto Rosario Márquez reiteró su llamado directo al ministro de Turismo, David Collado, y a la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, para que dejen sin efecto inmediato la Resolución Especial No. ESP/001-2022, por considerarla inconstitucional y violatoria de los derechos protegidos por la Constitución dominicana, especialmente los contemplados en los artículos 50 y 74.


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Señor Roberto sería bueno si usted no enreda la cosa más de lo que hasta ahora lo han hecho. Acuérdate que tanto el decreto del 2006 como la Resolución Especial del 2022 son ilegales y violan la constitución sin la aprobación del Congreso. El primero porque fue temporal y se convirtió en definitivo y el segundo porque fue apoyado sobre un decreto que existía en condición de inconstitucional. El TC falló en otorgar dos años más a un caso que
motivado a su nivel nacional y descuido técnico de Leonel Fernández , Danilo Medina y el actual presidente Luis Abinader debió ser resuelto lo más antes posible para que no siga lloviendo sobre mojado.
DESDE QUE LLEGO LA CULTURA PROGRE LO QUE ANTES ERA UN COMPORTAMIENTO
NORMAL AHORA TODO ES ESCANDALOSO
ANTES NO HABÍA TANTO CONTROL Y LAS LEYES SE CUMPLIAN
Estoy totalmente de acuerdo con todas las restricciones para vender bebidas alcohólicas a altas horas de la noche de lunes a domingo.
La Constitución proteje al pueblo, no lo lesiona:
Entiendo que, Si un decreto o una ley es encontrada inconstitucional por el Tribunal Constitucional, entonces, su aplicación antes de y después de ser reconocida inconstitucional NO PROCEDE SU APLICACIÓN TEMPORAL
Está la ley violando la ley???
Eso como que no lo entiendo
La Constitución proteje al pueblo, no lo lesiona:
Tengo entendido que la Constitución es la Ley Suprema que rige y gobierna en un estado de derecho. También entiendo que todo decreto o ley que contaviene con la Constitución deja de tener efecto en lo inmediato.
Está la ley violando la ley???