DGCP anula un contrato entre SENASA y empresa Farmacard
Santo Domingo, 15 ago.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) resolvió este viernes que el Seguro Nacional de Salud (SENASA) violó la normativa al realizar una contratación de manera directa con la empresa Farmacard S.R.L. y anuló el contrato previsto para la provisión integral de los servicios de asistencia farmacéutica ambulatoria para los medicamentos.
La resolución se produce después de que el 15 de abril de este año la empresa del sector de la salud, DHN Digital Health Network, S.R.L., presentase una solicitud de investigación contra el contrato suscrito entre SENASA y Farmacard, S.R.L.
En su demanda, DHN Digital Health Network declaraba que el SENASA había «vulnerado los principios de debido proceso, participación y, transparencia y publicidad al realizar una contratación pública directa en favor de Farmacard, para la prestación de servicios de procesamiento de facturación, autorizaciones, auditorias radiación de reclamos y pagos».
DHN Digital Health Network también pedía la nulidad de pleno derecho del procedimiento administrativo de contratación pública y del contrato público directamente adjudicado.
La solicitante también argumentaba que en un primer momento el SENASA adjudicó el contrato a DHN Digital Health Network, que presentó una oferta de un cuantía menor, RD$ 105.600.000, frente a los RD$ 151.200.000 que ofertó Farmacard.
DHN Digital Health Network exponía que el SENASA le trasladó el 19 de marzo de 2025, tres meses antes de la finalización establecida del contrato, la cesión de sus servicios el 31 de marzo de 2025 para designar a otro contratista.
En la resolución del día de hoy la DGCP estableció que en la contratación «se violó la normativa que rige la materia» y anuló tanto el procedimiento de contratación como el contrato.
Además, el DGCP dispuso que el contrato entre el SENASA y la Farmacard «permanecerá surtiendo efectos jurídicos por un plazo de setenta (70) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta resolución».
Pasada esa fecha, «el Seguro Nacional de Salud deberá llevar a cabo la convocación y ejecución de un procedimiento de contratación pública».
Asimismo, el DGCP indicó que el SENASA deberá reconocer a Farmacard «los pagos correspondientes a los compromisos asumidos y ejecutados hasta el instante en que esta última dejare de proporcionar el servicio».
of-am

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