Advierte desbloqueo bienes Rofi amenaza la seguridad jurídica

SANTO DOMINGO, 25 de noviembre.- El levantamiento de las notas de advertencia sobre inmuebles de Inmobiliria Rofi S.R.L., propiedad del senador Félix Bautista y señalada como parte de una red societaria de lavado de activos, pone en riesgo la seguridad jurídica y alimenta la impunidad, según Laura Guerrero Pelletier, directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA).
Sostuvo que la decisión del juez de la Instrucción Especial, Frank Soto, que levanta las notas de advertencia solicitadas por el Ministerio Público contra la referida Inmobiliaria cambia «de manera peligrosa» el criterio judicial en la materia y lacera los constantes esfuerzos de la sociedad y del sistema de prevención, persecución y sanción del Estado en contra de la delincuencia organizada de carácter económico y financiero.
Agregó que el fallo, además, fomenta la distracción de los bienes productos de hechos graves de corrupción, narcotráfico, tráfico de armas, terrorismo, tráfico de personas y órganos, secuestro y otros.
Informó que los registradores de títulos fueron advertidos de que, si no obtemperan al requerimiento, pudieran comprometer su responsabilidad en una acción en reparación en daños y perjuicios, sancionada por el Código Civil, sobre todo, en caso de que se proceda al traspaso de los referidos inmuebles, ya que se presume que los mismos fueron adquiridos por medios ilícitos en perjuicio del patrimonio público, conforme una investigación del Ministerio Público contra Bautista, Soraida Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Bienvenido Apolinar Bretón Medina y Gricel Araceli Soler Pimentel.
Explicó que «para sostener su argumento, el juez Soto desnaturalizó el carácter de medida administrativa de publicidad de la notas de advertencias y desconoció las disposiciones legales y jurisprudenciales existentes en la materia, llevando oscuridad e incertidumbre al sistema jurídico de recuperación y protección de activos productos de hechos graves».
«Es preocupante, que el fundamento para tan controversial decisión sea propiamente un juicio de valor de que el Ministerio Público debió de estar provisto previamente de autorizaciones judiciales», afirmó.
Precisó que «la Ley sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves claramente le reconoce condición de autoridad judicial competente al Ministerio Público, con facultad para adoptar ciertas medidas tendentes a garantizar la preservación de activos que se consideren, cuerpo o producto del delito en el curso de una investigación por el ilícito penal de lavado de activos, sin necesidad de notificación ni audiencia previa».
«Asimismo, habilitan al Ministerio Público para la inscripción de notas de advertencia, las disposiciones de la Ley sobre Registro Inmobiliario, específicamente de acuerdo a lo establecido por los artículos 89 y 97, lo mismo que el Reglamento General de Registro de Títulos, de conformidad con las disposiciones de los artículos 26, 27, 34», indicó.
jt/am

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