SAN CRISTOBAL: Acusan regidora PRD de operar bancas ilegales

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SAN CRISTOBAL.- La Asociación de Bancas de Lotería de San Cristóbal reclamó a la Sala Capitular suspender a la regidora Juana Idelsa Mateo, a la que acusa de poseer cientos de estos establecimientos de manera ilegal.

En iguales términos se pronunció el Frente Amplio de Lucha Popular (FALPO), organización que denunció una mafia que opera en esta provincia, con la instalación de cinco mil bancas fraudulentas.

Hablando en rueda de prensa, Jeudy Mateo, presidente de la Asociación de Bancas de Lotería, pidió que la concejala del Partido Revolucionario Dominicano sea suspendida en virtud del acápite b de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios.

Informó que entregó un documento al presidente de la Sala Capitular, Simón Bolívar Cedano, en el que hace la petición.

Jeudy Mateo y Pablo Estévez

«Según el artículo 44 de la Ley 176-07 se procede la suspensión de la edil municipal ya que tiene más de diez sometimientos por instalar bancas ilegales, cuatro de los cuales van a juicio de fondo», sostuvo.

Dio un plazo de 15 días al Concejo Edilicio para dicha suspensión sino someterán al alcalde Nelson Guillén por ser el representante del cabildo ante la justicia.

De su lado, Pablo Estévez, representante del FALPO, presente en el encuentro con los periodistas, dijo no explicarse cómo el Ministerio de Hacienda conociendo la situación, apoya lo que definió como un atentado contra los más pobres, que son en su mayoría los que juegan en las bancas de lotería.

Denunció que esa mafia sustenta más cinco mil bancas ilegales que operan en esta provincia, dejando más de 15 millones de pesos cada mes, que van a parar a los bolsillos de inspectores del Ministerio de Hacienda.

«La corrupción que emana de las instituciones que tienen que regular estos negocios se le han escapado de las manos y que por muy buena razón, porque estamos hablando que en el país se ha estimado que son 80 millones de pesos mensuales, que se está percibiendo de manera ilegal para permitir que operen”, sostuvo.

En ese sentido, el Tribunal Constitucional rechazó una acción directa en inconstitucionalidad, mediante la cual la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) buscaba que se anulara el artículo 44 de la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, que manda a suspender de sus funciones a los alcaldes, vicealcaldes y regidores cuando se les impone prisión preventiva o se inicia juicio en su contra.

El TC declaró que esa disposición legal se ajusta a la Constitución de la República Dominicana.

El artículo 44, de la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, establece que procede la suspensión en sus funciones de los síndicos, vicesíndicos y regidores desde el mismo momento en que se dicten en su contra medida de coerción que conlleven arresto domiciliario o la privación de libertad, y cuando se inicie juicio de fondo en el que se les impute un crimen o delito que se castigue con pena privativa de libertad.

En el párrafo I, esa norma señala que corresponde al Concejo Municipal conocer sobre la suspensión en sus funciones del síndico y regidores, así como disponer su reincorporación al cargo.

Mientras que en el párrafo II dice que mientras permanezcan en la situación de suspensión de funciones, los afectados no percibirán las retribuciones y viáticos establecidos y que en caso de ser absueltos, tendrán derecho al reintegro de los mismos.

of-am

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