SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional anuló el texto del Código Laboral que otorgaba dos días de licencia por paternidad a los trabajadores.
Exhortó al Congreso Nacional a establecer un nuevo período de licencia que resulte más acorde a los principios de igualdad y razonabilidad.
Los jueces consideraron que el artículo 54 de la Ley 16-92, que instituye el Código de Trabajo de la República Dominicana, vulnera el derecho a la igualdad, el principio de razonabilidad, los derechos de familia y el principio de interés superior del niño.
La alta corte instó al Congreso a que revise, en un plazo no mayor a dos años, la parte in fine del referido artículo, en lo concerniente al período de licencia de paternidad reconocido a todo trabajador, contados a partir de la notificación de la decisión.
jt/am


Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
Ucrania golpea con ataques de largo alcance a zonas de Rusia
COLOMBIA: Ejército mata ocho miembros disidencias de FARC
Colombia y EEUU refuerzan su cooperación contra el crimen
NY: Dominicana encontrada muerta fue apuñalada por hijo
EU: 59% hispanos votaría por los demócratas en noviembre
Abinader anuncia nueva sede Academia Dominicana Historia
La aerolínea haitiana Sunrise Airways inaugura oficinas SD
El populismo en el poder
RD reduce 30,1 % mortalidad neonatal hospitales públicos
Acroarte reconocerá a Bonetti, Frank Rainieri y José Monegro


