SANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) interpuso una querella contra José Manuel Vicente y Luis Valdez Veras, ministro de Hacienda y director general de Impuestos Internos, respectivamente, por la suscripción de dos contratos de préstamos otorgados por bancos a la DGII, ascendentes a RD$45 mil millones de pesos.
El presidente de la entidad, Miguel Surun Hernández, indicó que los mismos no figuran registrados en deuda pública y tampoco fueron aprobados del Congreso Nacional, a pesar de enajenar Rentas Nacionales, y de haber sido concertados por plazos de 15 y 4 años, usurpando las atribuciones del Presidente de la República, único con la facultad de suscribir empréstitos que comprometan rentas nacionales.
“Nos encontramos en presencia de hechos graves, donde funcionarios públicos presionaron a 29 bancos comerciales a entregar dicha suma en diciembre del 2020 y en julio del 2023, distribuida en porciones para cada entidad financiera, fijada de manera discrecional por el Ministro de Hacienda, en una operación de préstamo clandestina, pues no fue registrada en la Dirección de Crédito Público como consagra la ley, lo cual evidentemente compromete la responsabilidad de todos los funcionarios actuantes», dijo.
Surun Hernández indicó que las leyes orgánicas del Ministerio de Hacienda y de la Dirección General de Impuestos Internos no consagran facultad a José Manuel Vicente, ni a Luis Valdez Veras, para realizar contratos de préstamos, destinándole esta función sólo al Presidente de la República, por lo que ha sido violado el artículo 93.1 de la Constitución.
Sostuvo que otro artículo violentado es el 128.4 de la Carta Magna que textualmente dice: “Elaborar contratos, sometiéndolos a la aprobación del Congreso Nacional cuando contengan disposiciones relativas a la afectación de las rentas nacionales, a la enajenación de bienes del Estado, al levantamiento de empréstitos o cuando estipulen exenciones de impuestos en general, de acuerdo con la Constitución. El monto máximo para que dichos contratos y exenciones puedan ser suscritos por el Presidente de la República sin aprobación congresual, será de doscientos salarios mínimos del sector público.”
Explicó que dicho contrato no sólo constituye una operación de préstamo, sino que compromete las rentas nacionales durante los próximos 15 años.
of-am


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