Por Carlos Salcedo
El Estado moderno, en su incesante vocación de Leviatán, padece de una peligrosa y persistente tentación: la de confundir la administración con la inquisición y el poder fiscal con la potestad punitiva absoluta.
Esta desviación dogmática vulnera de manera frontal el núcleo esencial del principio de legalidad, de la seguridad jurídica y del derecho constitucional a ser juzgado en un plazo razonable. Como ocurre palmariamente cuando la propia Administración Tributaria pretende escudarse bajo el ropaje de una supuesta medida temporal dictada en el ejercicio de sus atribuciones ordinarias, olvidando que si dicha oposición o traba administrativa se ejecuta en el marco de una investigación penal preexistente, y no en la de un procedimiento tributario autónomo, se revela su indudable naturaleza coactiva.
Cuando se prolongan sine die los efectos de una oposición al margen de los plazos perentorios que la ley establece, el ciudadano y la empresa quedan sumidos en un estado permanente de zozobra e indefensión jurídica. No se persigue únicamente el esclarecimiento de una verdad material o la regularización de obligaciones; se instaura una coacción larvada que asfixia el patrimonio, estrangula la actividad comercial y lacera la tranquilidad del investigado mucho antes de que exista una imputación formal sostenible.
La jurisprudencia constitucional ha sido enfática al establecer que el cómputo de las garantías procesales y el derecho a una tutela judicial efectiva no pueden quedar al arbitrio del retardo burocrático, de la negligencia investigativa ni de la inercia de los órganos querellantes. Permitir que los aparatos del Estado utilicen el tiempo procesal como un mecanismo de desgaste equivale a vaciar de contenido el debido proceso.
Las medidas restrictivas exigen estricta proporcionalidad y sujeción temporal rigurosa; de lo contrario, la justicia cede el paso al más crudo autoritarismo institucional. Garantizar la vigencia del Estado constitucional exige poner coto definitivo a esta peligrosa deriva inquisitorial. La tutela judicial no es una mera fórmula retórica, sino el escudo protector frente al abuso de un poder público que olvida que los derechos fundamentales constituyen el límite infranqueable de toda soberanía estatal.

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