Administrando concesiones con las asociaciones públicas/privadas (OPINION)

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El autor es contador público autorizado. Reside en Miami.

La queja de que se le está dando todo al sector privado, vía fideicomisos o asociaciones que no son del todo transparentes y luego oposición critica gobierno por triunfo licitaciones siempre, a empresarios fuertes, en detrimento de pequeños empresarios, se puede resolver si usamos el sistema chileno, donde Estado no invierte tanto, no hay peaje sombras, mínimo tráfico de influencias y el promotor que quiera invertir, arriesgar, se lanza y el Estado secunda, pero sin comprometer flujos efectivos a corto plazo

Es un método seguro que multiplica inversión y rentabilidad, bajando quejas y murmuraciones que opacan iniciativas del Estado desde los tiempos del imperio Romano y RD no es excepción.

¿Cómo funcionará?  Fácil, con ingresos mínimos garantizados

Así lo define Chile, donde estudié sistema: “Daré ingresos mínimos garantizado al promotor privado en cuatrienio por decreto diciendo. Mi gobierno define el total de ingresos que garantizará durante el período de concesión de un proyecto. Según estimaciones oficiales del propio gobierno, esta garantía cubriría aproximadamente el 70% de los costos del proyecto.”

 

Antes de que una empresa se adjudique la licitación, la empresa deberá elegir cuáles serán los ingresos mínimos garantizados que ésta quiere durante el período que administre la concesión.”

No obstante, los ingresos mínimos garantizados que se declaren para cada año deberán estar al interior de una banda de ingresos mínimos propuesta por el gobierno. Esta banda cuenta con un piso y un techo, siendo este último el equivalente al 80% del ingreso esperado en cada año (obviamente se asume una tasa de crecimiento de los ingresos para cada año de la concesión).

Debe señalarse que en caso de que la empresa concesionaria se acoja al sistema de ingresos mínimos garantizados, ésta deberá compartir el 50% de sus ingresos con el Estado si es que sus ingresos sobrepasan una rentabilidad dada.

Por ejemplo: De acuerdo con el contrato que se tenía en los momentos en que se licitó la autopista Los Libertadores Chile, los ingresos mínimos garantizados totales y actualizados no podían ser superiores a UFChile 3.800.000. en dólares 36 millones, según prima hoy en día.

 

En términos de fórmula, las empresas interesadas en licitar un proyecto deben definir sus ingresos mínimos garantizados (IMG) sujetos a: formula.

 

IMG = Ingresos mínimos garantizados
; I             = Inversión inicial (costo total de infraestructura)
; CO         = Costos operacionales
; CM        = Costos de mantención
; r             = Tasa de descuento propuesta por la empresa al momento de licitar

La suma total de (I + CO + CM) corresponde entonces al valor presente neto oficial de la concesión, que incluye los costos de la inversión inicial, los costos operacionales y de mantención de la concesión presentes durante los años que dura la concesión. Además, el parámetro del 70% incluido en la fórmula se basa en el hecho de que la mayoría de las empresas interesadas en licitar soportaba una deuda que equivale al 70% del total de sus activos.

 

En cuanto a la garantía estatal, ésta se activa cuando los ingresos anuales percibidos por la empresa concesionaria en un año determinado están por debajo de los propuestos inicialmente por la concesionaria (precio de ejercicio, si es que la garantía se ve como una opción put). El Estado chileno garantizará la diferencia, incluso en el caso de que la empresa concesionaria obtenga cero ingresos

 

Es interesante destacar en este tema que la mayoría de las empresas que han optado por este sistema de ingresos mínimos garantizados lo han hecho eligiendo los techos de la banda de ingresos mínimos para los primeros años de funcionamiento de la concesión.

 

Con ello, y a juicio de muchos, la idea que se persigue con esto es la de garantizar a los bancos el pago de las deudas que inicialmente permitieron la realización de estas cuantiosas obras de infraestructura vial. Sin garantías, los bancos no hubiesen estado dispuestos a financiar dichos proyectos.

 

La concesión de obra pública es una de las modalidades en que se manifiesta la asociación público – privada en Chile. En virtud de esta, el Estado encarga a un privado la ejecución, conservación o reparación de una obra pública fiscal a cambio del derecho a explotarla en los términos estipulados en el respectivo contrato de concesión.

 

Se trata de un sistema relativamente nuevo con resultados tremendamente exitosos para un país como Chile: “67 proyectos adjudicados por una inversión aproximada de US$11.700 millones”.

Gran parte del éxito de este sistema se atribuye a la existencia un estatuto jurídico que cautela y garantiza adecuadamente los intereses de todos los actores involucrados, sean estos partes del contrato o terceros que se relacionan con ellas.

Ojo ley intima a las empresas. En Chile una corporación como Proyectos Industriales (Pinsa) debe asumir de manera «inmediata y duradera» la reparación de las juntas del puente Duarte, puesto que algunas han vuelto a deteriorarse y de no hacerlo sanción cuesta muchísimo y te sacan del mercado, no concursas más.

jpm-am

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Johnny Sanchez hijo
Johnny Sanchez hijo
1 Año hace

Aquí concursan los mismos ganan los mismos, porque pliego condiciones es tan estricto q nadie se atreve, solo Odebrecht y amigos por q dan coimas y nadie va preso de los q reciben, ja ja

Marcell S. Moreta
Marcell S. Moreta
1 Año hace
Responder a  Johnny Sanchez hijo

RD$25 mil millones para metro Stgo Caballeros, es el otro proyecto
desembolsados como sigue:un primer pago equivalente al 20% del valor total de la obra y la suma restante será pagada en pagos parciales mediante
cubicaciones periódicas, Estado cubre todo, entonces porq adm un fideicomiso Privado, dar concesión ara explotarla estilo CHILE era mejor Estado no desembolsa, el invers mete y Estado garntixa