LA JCE, miembros OCLEEs y el partido “sociedad civil”

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El autor es político y profesor de historia. Reside en Santo Domingo

Al parecer la JCE no quiere candidatos a miembros de las Oficinas de Logística Electoral (OCLEE) que sean propuestos por partidos políticos, sino por miembros del partido llamado “sociedad civil” obviando, como sucedió en Washington DC., el consenso previo alcanzado por los partidos políticos -PRM, PLD, PRD y FP- que fueron los únicos que asistieron cuando la JCE convocó para depositar propuesta y conocer las inquietudes de los partidos y miembros de las comunidades nacionales de ultramar -otrora llamada diáspora-.

Y decimos esto, porque en la reciente visita a Washington DC, por una comisión de la JCE -encabezada por su presidente (presentes unos 15 por los invitados -entre propuestos y delegados políticos-, y unos 10 por la JCE, si mal no se contó)-, se dejó claro que solo vinieron a “recibir” o recoger esas propuestas, pero que ellos se reservan la selección o designación de tales miembros, a pesar de que, en Washington DC, hubo consenso y que, siempre, han sido los partidos políticos los que han colaborados; e incluso, hasta suplir el trabajo de la JCE en materia de promoción del voto en el exterior y la colaboración entusiasta en los operativos de registro de votantes.

Además, de que, los propuestos, no son activistas de partido político alguno, y en adición, tienen experiencia y formación profesional. Requisitos, estos, que están contemplado en la ley sobre Régimen Electoral (ley 15-19).

Miembros de la Junta Central Electoral durante la reunión en Whashington

Por otro lado, la ley 15-19, es bastante clara cuando desglosa las funciones que tendrán las Oficinas de Logística Electoral -OCLEE, equivalente a Junta Electoral-, citamos: “En cada una de las demarcaciones de votación existirá una Oficina de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE), las cuales tendrán funciones similares a las atribuidas a las juntas electorales del país, con la prerrogativa de juzgar las situaciones que se presenten a propósito de las objeciones efectuadas en los colegios electorales en el exterior, especialmente sobre votos objetados y votos anulables”.

En consecuencia, agregarle, como se establece en el reglamento, que no es objetable la participación de candidatos sometidos o propuestos por los partidos políticos, siempre y cuando no sean activistas de los mismos y observando un equilibrio representativo.

Por último, esperamos que, donde se haya logrado consenso, respecto a la conformación de las OCLEEs, la JCE, para la sana armonía y exitoso desempeño sobre gestión electoral, no quiera “designar” a miembros del partido de la “sociedad civil” que ni siquiera mostraron interés o que, sencillamente, son, de alguna forma, activistas políticos (de partidos de allá o de aquí).

A la JCE que respete los consensos y que se guarde su preferencia o “designación” en los casos de tranque o que no se haya logrado consenso. Porque un Reglamento, no puede estar por encima de la ley; y excluir los propuestos por los partidos, siempre que no sean activistas partidarios, abriría un mar de suspicacias algo innecesario; y más si sabemos que, en el exterior, conseguir ciudadanos dispuestos -y con experiencias- a servir de miembros OCLEEs es muy difícil -igual para miembros de colegios electorales-, por lo que más que otra cosa deberían agradecer ese gesto cívico-ciudadano de nuestras comunidades en el exterior.

A la JCE que donde hay consenso y requisito profesional en el exterior -para conformar OCLEEs- que no invente.

JPM

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