Candidaturas municipales
Sentarse en los escaños del Congreso
Nacional, se aleja cada día más del alcance de los dirigentes medios de los
partidos políticos. Sus
méritos partidarios no son suficientes para pagar la millonaria inversión que
se requiere para aspirar a una diputación o a una senaduría.
Lo mismo ocurre con las alcaldías de los
grandes municipios. A
partir de esta injusta exclusión de los cargos de elección popular, a la
inmensa mayoría de los cuadros políticos que representan a los partidos en los
campos y ciudades, solo les queda la posibilidad de competir por los cargos de
regidores y directores y
vocales de los ayuntamientos y los distritos municipales, respectivamente.
El municipio ha existido desde la época
primitiva en que era conformado por grupos de familias o tribus con relaciones
e intereses comunes. Sin
embargo, el tipo de municipio nuestro fue instaurado por los colonizadores
españoles, a quienes a su vez les había sido impuesto por el antiguo imperio
romano.
Su primer gran impulso se produjo a
partir de que Augusto le extendiera la ciudadanía a todos los hombres libres
del imperio, pero, su consolidación se debe a la Revolución Francesa y a la
independencia de los Estados
Unidos, que lo situaron en un nivel de importancia tal, que llevó a Tocqueville
a decir que: “Sin instituciones municipales, una nación puede darse un gobierno
libre, pero carecerá del espíritu de la libertad”.
Debido al prestigio que significaba
servirle a la ciudad desde el concejo edilicio, los romanos lo ejercían ad
honoren. Su función
consistía en mantener limpias las calles, plazas y monumentos, así como el
ornato de la ciudad. En la
República Dominicana se conservó la vieja tradición honorifica del cargo de
regidor hasta mediados de los ochentas.
A partir de entonces los regidores
empezaron a cobrar dietas que en realidad eran salarios disfrazados. Esta
situación se mantuvo hasta el año 2007 en que con la entrada en vigencia de la
nueva Ley del Distrito Nacional y los municipios, se instituyó el pago de
salarios a los ediles.
Para ocupar los cargos de alcalde,
vicealcalde, regidor y suplente de regidor de un municipio, así como de
director, subdirector o vocal de un distrito municipal, se requiere ser
dominicano, mayor de edad, encontrarse en pleno goce de los derechos civiles y
políticos, saber leer y escribir y estar domiciliado en el municipio con al
menos un año de antigüedad. En
cambio, a los naturalizadosse
les requiere tener más de cinco años de residencia en su demarcación.
En las elecciones nacionales que deberán
celebrarse el 15 de mayo del 2016, de un total de 4,107 cargos a ser escogidos,
3,843 corresponderán al nivel municipal, conformado por 158 municipios y 229
distritos municipales. Estos serán escogidos por última vez mediante el
sistema de listas cerradas y bloqueadas, en razón de que en el 2020, al igual
que los diputados, serán seleccionados mediante el voto preferencial.
Los munícipes que decidan entrar a la
competencia electoral detrás de un cargo municipal, deben tener presente el
requisito de fijar residencia en el municipio o el distrito municipal de su
interés, por lo menos un año antes de las elecciones.

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