BIS acusa a la JCE de violar su propio reglamento operativo
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente del Bloque Institucional Socialdemócrata (BIS) opinó que la JCE continúa violando su propio reglamento sin importarle las consecuencias negativas para algunos partidos políticos.
José Francisco Peña Guaba dijo que, al no existir una resolución firmada por los jueces del tribunal de comicios ni los delegados de los partidos, no es obligatorio establecer vía voto presidencial la obtención de la personería jurídica de estos.
“Esta decisión apresurada y a la ligera tomada por la JCE evidentemente busca quitarle la categoría jurídica que tiene el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y con ella desplazarlo del número tres al cuarto.
Señaló que la JCE “no tiene miramientos y de hacerlo así entonces no sabría cómo explicarle al país este tipo de actitud, que solo tiene el interés de afectar al reformista y con ello arrastrar otros partidos políticos”.
El Presidente del BIS instó a la JCE a que muestre la resolución firmada por los jueces, notificada por los partidos y quién la recibió. “De lo contrario la escogencia de la personería jurídica de los partidos por voto presidencial es una vulgar mentira”, dijo.
La disposición de la JCE
El pleno de la JCE estableció que la referencia para determinar la personería jurídica o la categoría de partidos mayoritarios en las pasadas elecciones del 15 de mayo último, será la votación obtenida por cada agrupación partidista en el nivel presidencial.
Una certificación del secretario general del organismo, Hilario Espíñeira Ceballos, establece que el pleno de la JCE, en su sesión administrativa extraordinaria deL 8 de mayo de 2016, conoció una comunicación del PRSC de fecha 6 de enero de este año, en la cual solicitó el establecimiento de la referencia por medio de la cual se permitiría la personería jurídica o la categoría de los partidos mayoritarios para los referidos comicios.
En ese sentido, Espiñeira Ceballos resaltó que “el pleno de la Junta Central Electoral, a unanimidad, deja establecido que el criterio que se utilizará a los fines indicados será en base a la votación obtenida por cada partido en el nivel presidencial, a propósito de ese pedido realizado en la referida fecha por PRSC.
sp/am

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