Trujillo: Mascaradas constitucionales y reelección 

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El autor es abogado y profesor universitario. Reside en Santo Domingo

Como se sabe, el general Rafael Leónidas Trujillo Molina fue “elegido” presidente de la República Dominicana en el turbulento y traumático proceso comicial pautado para culminar el 16 de mayo de 1930, y su período de gobierno (al amparo de la vigente Constitución del 20 de junio de 1929, que permitía la reelección indefinida) sería de cuatro años y formalmente se iniciaría el día de su juramentación, es decir, el 16 de agosto.   

El nuevo régimen, empero, no se caracterizaría por respetar -haciendo excepción de algunas formalidades protocolares- la Carta Magna, y desde sus primeros días (aprovechándose del estado de excepción generado por el paso devastador del ciclón San Zenón por nuestra media isla el 3 de septiembre de 1930) dio notaciones de que se trataría de un gobierno de talante totalitario basado en el culto a la personalidad, la represión indiscriminada, el saqueo de los recursos públicos y el crimen político selectivo.  

(No es posible establecer la categoría que en la escala Saffir-Simpson se le podría asignar al ciclón San Zenón, pero no hay dudas de que en términos comparativos ha sido el que mayor daño ha causado en el país, sobre todo porque entró a nuestra geografía por Santo Domingo, entonces una pequeña ciudad de alrededor de 70 mil habitantes y con una frágil infraestructura mayoritariamente de madera, cana y zinc, y produjo una devastación general, cerca de 2 mil muertos y una cantidad indeterminada de heridos y damnificados).    

Como se ha señalado, Trujillo haría provecho de las demandas de “acción” urgente y vertical creadas por los efectos del ciclón para afianzarse en el poder, y en el mes de marzo de 1934, ya eliminada o neutralizada casi toda la oposición interna (sus adversarios terminarían muertos, presos, exiliados, silenciados o cooptados) y con los resortes nodales del Estado en sus manos, enviaría un mensaje al Senado planteándole la necesidad de una nueva reforma constitucional.   

Luego de las elecciones de mayo de 1934 (en las que el ya dictador en ciernes resultaría “reelecto” en un ambiente de terror y sin la presencia de competidores) y de agotar los trámites administrativos y sustantivos de rigor, la reforma sería votada el 9 de junio, y comprendería varios aspectos de la organización territorial y política del Estado, pero dejaría intacto el régimen de elección presidencial del Pacto Fundamental de 1929 (artículos 44, 45, 46 y 47).  

En enero de 1938, Trujillo anunciaría al país que no aceptaba ser candidato para un tercer período presidencial, y pese a los reiterados reclamos en contrario de sus áulicos de toda laya, propondría la fórmula compuesta por Jacinto B. Peynado y  Manuel de Js. Troncoso de la Concha, que luego de ser aprobada por la asamblea del Partido Dominicano en febrero del mismo año, resultaría “ganadora” en las elecciones efectuadas el 16 de mayo.

El “cambio” de administración se produciría el 16 de agosto, con la particularidad de que el nuevo presidente anunció de inmediato que Trujillo seguiría disponiendo de las mismas prerrogativas que tenía como titular de la la jefatura del Estado, y que su madre y su esposa seguirían siendo “Primeras Damas de la República”. Tampoco hubo cambio alguno en el Palacio Nacional, pues Trujillo continuó ejerciendo facultades ejecutivas y sus favoritos mantendrían sus influencias y posiciones de mando.

El 7 de marzo de 1940 fallecería el presidente Peynado, y tomaría las riendas formales del Estado el vicepresidente Troncoso de La Concha, quien no sólo no modificaría el estatus privilegiado de Trujillo sino que lo afianzaría a través de  la Secretaría de Estado del Despacho del Generalísimo y con la reiteración legal de la colocación en escuelas y oficinas públicas de una foto del dictador al lado de las de los Padres de la Patria.

En dirección al robustecimiento del poder de Trujillo, el 10 enero de 1942 (de cara a las elecciones que se efectuarían en el mes de mayo, a las que aquel se presentaría como candidato y, desde luego, “ganaría”) se aprobó una nueva reforma al Pacto Fundamental, que implicaría, entre otros asuntos, la fijación (artículo 9) de la capacidad constitucional de voto a las mujeres (previamente establecida por la ley No. 390 del 14 de diciembre de 1940), un cambio en el régimen de elección presidencial para aumentar la duración del período de mandato a cinco años (artículo 44), y la supresión de la vicepresidencia de la república (eliminación de los artículos 51, 52 y 53 del texto precedente).  

La siguiente modificación de nuestro texto sustantivo auspiciada por la dictadura sería la del 10 de enero de 1947, con la que, entre otras cosas, se organizaría el régimen monetario nacional, se harían ciertos cambios en la administración municipal y se introduciría una traba para los líderes políticos que se encontraban en el exilio en esos momentos: se agregaba en la parte in fine del artículo 45, dentro de los requisitos para ser presidente, el de “haber residido en el país los cinco años inmediatamente anteriores a su elección”.     

En el año de 1952, el dictador, en otro de sus típicos actos de teatralidad y simulación, no se presentó a las elecciones de mayo sino que recomendó la candidatura de su hermano, el general Héctor Bienvenido Trujillo (Negro), quien se juramentaría en agosto y, de inmediato, designaría a aquel Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas. Obviamente, valga la insistencia, se trataba de una pantomima política, puesto que en el país nadie nunca ignoró que el verdadero “poder detrás del trono” lo era el déspota que operaba desde una “oficina particular” con poderes ilimitados.   

En octubre de 1955, el presidente Negro Trujillo remitió un mensaje al Senado plateando la necesidad de hacer una nueva reforma constitucional, y esta se votaría el 1ro. de diciembre del mismo año y se referiría a varios asuntos, como el restablecimiento de la vicepresidencia de la república (artículos 51, 52 y 53), la adopción del principio de la no intervención extranjera en los asuntos internos (parte in fine del artículo 3) y una declaratoria de fe anticomunista (artículo 4). En lo respectante al régimen de elección presidencial, hubo un cambio notable: se redujo la edad mínima para poder ser presidente a 25 años (artículo 50, numeral 2), sin dudas para dejar abierta la posibilidad de que eventualmente pudiera ser candidato el hijo mayor del dictador, Ramfis, quien en esa época acababa de cumplir 26.       

El mismo Negro Trujillo, en mensaje al Congreso Nacional de fecha 7 de septiembre de 1959, sometería una nueva reforma constitucional, en esta ocasión para cambiar el procedimiento de modificación del texto sustantivo en el norte de darle “adecuada elasticidad” y superar el “molde rígido” que hasta el momento estaba vigente para esos fines.  La reforma se realizaría el 7 de noviembre del mismo año, y el resultado se contrajo al artículo 114, que facultó al Congreso a hacer modificaciones a la Constitución siempre que la propuesta contara con el apoyo de las dos terceras partes de los miembros de una de las cámaras o se originara en el Poder Ejecutivo. Esta reforma dejó intacto el régimen de elección presidencial.  

El 17 de abril de 1960, el presidente títere volvió a plantearle al Congreso nuevas modificaciones a la Carta Magna, y estas fueron votadas el 28 de junio del mismo año. Las modificaciones se refirieron, entre otros aspectos, al período constitucional (que fue reducido a 4 años para todos los funcionarios electivos: artículos 22, 25, 49, 79 y 105), la conversión en electivos de ciertos funcionarios hasta la fecha nombrados por el Poder Ejecutivo (gobernadores provinciales, presidente del Consejo Administrativo del Distrito Nacional, síndicos municipales, regidores, etcétera: artículos 81, 82, 84, 87 y 88), la eliminación del artículo 4 (declaratoria de fe anticomunista, abrogada como respuesta a las crecientes tensiones del régimen con Estados Unidos) y el establecimiento de la pena de muerte para delitos de agresión extranjera, traición y espionaje.   

El 24 de junio de 1960 se produciría en Caracas, Venezuela, un atentado criminal contra el presidente Rómulo Betancourt, y las investigaciones de los órganos de inteligencia de este país indicarían que los autores intelectuales y materiales habían obrado bajo órdenes del gobierno dominicano. En estas circunstancias, Venezuela y otros países de América solicitarían a la Organización de Estados Americanos (OEA) que, a tono con el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR, o Tratado de Río), se condenara a la República Dominicana con sanciones diplomáticas y económicas. En la “VI Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores” (San José, Costa Rica, del 16 al 21 de agosto), la OEA acogió el pedido y de inmediato se inició un proceso de ruptura de relaciones que dejaría a nuestro país en estado de virtual aislamiento en el ámbito interamericano.   

En medio de una campaña nacional contra las sanciones, el dictador sugeriría, en discurso pronunciado en Santiago el 26 de octubre, la introducción de algunas modificaciones a la Constitución, y el 2 de diciembre se votaría una nueva reforma en la que se estableció que la República Dominicana no apoyaría “ninguna condenación” en contra “de un pueblo hermano de América” (artículo 4), y se suprimiría nuevamente la vicepresidencia de la república. El régimen de elección presidencial no sería objeto de cambio.                        

Esa sería la última reforma constitucional realizada durante la dictadura de Trujillo, pues éste, como es harto conocido, caería abatido en la noche del 30 de mayo de 1961 en la carretera del Sur del país a resultas de una acción armada ejecutada por desafectos a su régimen de terror, abusos y expoliación que contaban con el aliento de una de las más ricas familias dominicanas y con el apoyo de círculos de poder de los Estados Unidos.     

En esos momentos -el recordatorio es válido- teníamos otro presidente fantoche: Joaquín Balaguer, un culto, sigiloso, sagaz y curtido funcionario de 54 años de edad que había accedido a la máxima función ejecutiva el 3 de agosto de 1960, por su condición de vicepresidente, a resultas de la renuncia del presidente Negro Trujillo, en el marco de una maniobra puesta en marcha por el régimen para tratar de “lavarse la cara” y evitar las sanciones diplomáticas y comerciales que, como ya se dijo, de todos modos la OEA le impondría como condena por el atentado contra el presidente Betancourt de Venezuela. 

lrdecampsr@hotmail.com 

JPM

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Luis De New york
Luis De New york
2 Años hace

Dr. Decamps. Como dato de análisis. En 1930 cuando el ciclón de San Zénon, la capital se comprendía del Malecon a la Av Capotillo, hoy Av. Mella. Las mayoría de las casas eran de mampostería, no de madera. Por otro lado, yo creo que el numero de habitante en la capital en esa época es muy alto, 70000? Creo que hay una exageración departe de los trujillistas, tanto en la destrucción del ciclón, como en la cantidad de muertos.

julio26
julio26
2 Años hace

y a que viene este este articulo y comentario, ren este momento y circunstancias actuales de una convocatoria a un dialogo nacional convocados por el presidente Luis Abinader para analizar 12 puntos que le interesan modificar de la constitución y varias leyes vigentes, que ayer se inicio sin su asistencia que no fue bueno de su parte y muy criticada, ya lo saben

Pancho
Pancho
Responder a  julio26
2 Años hace

Sooo, cuadrúpedo. Si no entiendes, lengua adentro!