Por un medio ambiente sostenible

Vemos que existe una ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales donde el legislador establece las pautas y políticas para preservarlo tomando en cuenta aquellas personas que realizan actividades que contaminen el medio para que paguen por los daños causados y a los que preserven y mantengan  el medio ambiente puedan cobrar una contribución como compensación a sus inversiones en producir para mejorar y preservar.

La ley 64-00 establece en sus artículos 3 y 10 respectivamente que “los recursos naturales y medioambientales son patrimonio común de la nación y un elemento esencial para el desarrollo sostenible y que el estado dispondrá de la incorporación de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos para la preservación, corrección y restauración de los daños al medio ambiente y para conservación de los recursos naturales”.

En algunas comunidades de España existen personas que cultivan una finca con árboles que producen flores, embellecen y preservan el medio ambiente como bosques forestales que reciben pagos mensuales por la contribución que estos hacen en el mantenimiento del medio ambiente y que las flores son utilizadas por apiarios de abejas que producen panales de miel para la venta y consumo de los ciudadanos y reciben otros ingresos por bonos de carbono.

Estos bosques también producen maderas cuyos cortes son programados de tal manera que no afecte la biodiversidad y su ecología y la madera que produce se  usa  en la fabricación de bienes muebles para venderlos a oficinas y casas familiares  así como en el uso de fogones y chimeneas en las regiones con bajas temperaturas. Existe la ley 632 de fecha 28-05-1977 que prohíbe el corte o tala de árboles o matas en las cabeceras de los ríos y arroyos que nutren las cuencas hidrográficas de todo el país.

Es tiempo que en la República Dominicana se comience a aplicar la ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales para aquellos que están contaminando el subsuelo,  echando desperdicios en los ríos y mares y contaminado el aire con dióxido de carbono en la atmosfera y se establezca una tarifa en base a su nivel de contaminación para que  pague y,  con esos recursos se puedan destinar a mitigar los daños causados por los que contaminan. La ley 123 del 10-05-1971 prohíbe la extracción de los componentes terrestres llamados arena, grava, gravilla y piedras.

Desde los vehículos con niveles alto de contaminación que están enrareciendo el aire en las ciudades. los camiones que están sacando materiales de los ríos y las montañas, los que cortan los arboles de las montañas, las industrias que vacían sustancias y desechos contaminantes en las cloacas y llegan directamente a los ríos y sus vapores están causando daños en la salud de los ciudadanos,  debieran identificarse y poner las correspondientes tarifas de pago.

No tenemos que ir muy lejos ya que nuestros ríos están a la vista y su nivel de contaminación es palpable. El río Haina que aporta una gran cantidad de agua a la ciudad de Santo Domingo, los ríos Ozama e Isabela son contaminados cada día por los desechos que de manera inmisericorde  caen en sus cauces por las industrias que desaguan sus desechos contaminados, por lo debe aplicarse la ley 311 de fecha 24-05-1968 que regula la fabricación de plásticos, usos de pesticidas, insecticidas, fitocidas, herbicidas y productos similares.

Vemos como el cauce de los ríos Nigua y Nizao están dragados y desviados sus cauces por motivo a que las grandes compañías areneras están extrayendo materiales sin percatarse de que estos son las principales fuentes de aguas de Santo Domingo y San Cristóbal y también la provincia de Bani. Vamos hacer un inventario de todas esas compañías para que paguen los daños y sus recursos sean destinados a recuperar ambientalmente sus alrededores.

Hay que vigilar las copas de las montañas donde salen los principales ríos de nuestro país, como son los de la cordillera central, oriental y septentrional, donde emanan las corrientes de aguas que alimentan los animales y las personas de esta media isla. Vamos a proteger los ríos Yaque del Norte, Yaque del Sur, Mijo, Río San Juan, Sanate, Nisibon, Artibonito, Blanco, El Yuna, El Higuamo y,  velar por todos los demás.

Es recomendable que todo ciudadano que tenga una buen patio pueda sembrar árboles frutales y de sombras de tal manera que puedan contribuir a mejorar y preservar el medio ambiente y mitigar la contaminación a que están sometidas muchas personas que viven alrededor de zonas industriales, cuyas máquinas emiten grandes humaredas y olores que contaminan el medio, pero estos árboles tienen el poder de equilibrar esas emanaciones.

En trabajos similares anteriores había recomendado que el Estado cree políticas públicas que incorpore brigadas dedicadas a preservar y mantener las cuencas hidrográficas en todo el territorio nacional como medida de ir corrigiendo los daños causados por uso indiscriminados de la acción del hombre y las maquinas sobre los recursos naturales, ríos, montañas, valles y áreas protegidas. 

Todo esto produciría empleo, agua, aumento de vegetación, producción de frutales y bienestar en términos económicos y sociales e impactar en el presupuesto nacional.

of-am

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