OPINION: El Ministerio Público frente a los delitos electorales

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EL AUTOR es abogado y político. Reside en Santo Domingo.

 

La Ley Electoral No. 275-97 de la República Dominicana en su artículo 170 le atribuye al Ministerio Público (MP) la persecución de las infracciones electorales previo apoderamiento de parte interesada y encargaba a los tribunales penales juzgar las mismas. Esto va en consonancia con la disposición constitucional que expresa en el artículo 169 que es el MP el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, la dirección de la investigación penal y el ejercicio de la acción pública en representación de la sociedad.

La ley orgánica del Tribunal Superior Electoral (TSE) le confirió a este alto tribunal el conocimiento en audiencia y posterior sentencia de los delitos y crímenes electorales antes mencionados, retirándole dicha función al tribunal de lo penal, pero respetándoles a los fiscales el monopolio de la persecución y la investigación penal.

Hace poco el Reglamento Contencioso Electoral estableció un procedimiento donde categoriza estos delitos como de acción pública a instancia privada. A pesar de esto aun falta llenar el vacío dejado por la Constitución y la Ley Orgánica del MP en torno a sobre quien recaería una eventual representación del MP ante el TSE.

La realidad nos muestra que los fiscales de nuestro país han realizado una tímida labor a la hora de poner en movimiento la acción pública cuando han sido escasamente apoderados de un delito en materia electoral. Y esto tiene su explicación en el hecho de que este tipo de infracciones conllevan, por lo común, implicaciones de índole político-partidistas que crean serias limitaciones en un MP poco independiente cuando del poder político se trata, aunado a la voraz defensa de los militantes involucrados que ejercen los directivos de los partidos, demostrativa de su poco criterio institucional. Pero también las demás autoridades competentes sucumben en complicidad ante las exigencias de los actores políticos, deshaciendo cualquier esfuerzo encaminado a aplicar el rigor de la ley ante el sujeto infractor.

Y es que el problema de independencia y libre actuación en nuestro país de ese auxiliar vital de la administración de justicia que constituye el Ministerio Público va más allá del ámbito electoral. A pesar de que uno de sus principios fundamentales como un defensor esencial de la sociedad debe ser la libertad de conciencia, es decir, actuar guiado única y exclusivamente por los dictados de ésta, lo que le conferiría un grado optimo de independencia en el ejercicio de sus funciones, en la practica no es así.

El compromiso político que contraen muchos fiscales (con alentadoras excepciones) con el representante del Poder Ejecutivo, el Procurador General de la República, quien lo supervisa y le traza pautas a seguir, lo hace dependiente en grado sumo de sus posiciones políticas en detrimento de una sana administración de justicia y de un correcto seguimiento de quienes hayan incurrido en prácticas malsanas en el proceso comicial.

Esta desafortunada situación nos lleva a unir nuestra voz a quienes proponen la creación de un Ministerio Público Electoral, encabezado por un Procurador o Fiscal Nacional Electoral, que se encargaría de poner en movimiento la acción pública cuando se verifique la comisión de delitos en un torneo electoral. Debe de contar con una estructura y recursos humanos adecuados para el desempeño de sus funciones, y sobre todo con una verdadera autonomía técnica. Funcionaría como una unidad especializada con entera independencia para ejercer la persecución de las infracciones electorales sin discriminación ni privilegios, y sin ataduras de ningún tipo. Además, intervendría en los procesos judiciales con mayor transparencia, conocimiento y experticio de la materia electoral. Su participación en audiencia no se limitaría a cuando se cometan delitos en las elecciones, sino, en todos los asuntos donde estuviera envuelta la Junta Central Electoral.

Esto constituiría un enorme paso de avance en la aspiración de contar con un sistema electoral que sancione toda acción lesiva no solo al proceso eleccionario, sino a una democracia participativa que urge fortalecer.

 

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