Necesaria vigilancia de los residuos sanitarios contaminantes

 

 

Desde los residuos urbanos, a los que estamos acostumbrados, hasta los Biosanitarios, Citostaticos, Químicos y Radiactivos, entre otros, forman parte de la gran cantidad de basura que todos los días producen los centros sanitarios y hospitalarios y que deben estar reglamentados su desecho y destino final,  para evitar la contaminación ambiental, preservar la salud de los ciudadanos y evitar el uso inadecuado por personas inescrupulosas.

Estos desechos y residuos se eliminan por procedimientos especiales, establecidos por las normativas vigentes para garantizar la  seguridad en el medio hospitalario y de la población. El reglamento 126-09 regula el manejo de residuos peligrosos generados por los centros de la salud, en virtud de la Ley general de Salud número 42-01 y la Ley 87-01 que establece el sistema de seguridad social dominicano y que reconoce la función de la Ministerio de Salud y Asistencia Social, antes denominado SESPAS para definir, dirigir, regular, controlar y evaluar el sistema de salud.

El decreto 126-09 de fecha 14 de febrero del 2009 establece en su artículo No.1 que se aplicará a todas las instituciones en el ámbito nacional, tanto públicas como privadas, relacionadas con la prestación de servicios de salud y afines que generen desechos infecciosos, radiactivos y biológicos, en clínicas, hospitales, consultorios médicos y odontológicos; farmacias, laboratorios de producción de agentes biológicos, de enseñanzas e investigación, farmaquimicos, humanos y veterinarios, todo establecimiento que utilice procedimientos invasivos, entre otros muchos.

En España existe la Ley 10/1998 que regula los residuos  biosanitarios clase III y que están descritos en el decreto 88/1998 que regula los recipientes especiales. Estos envases están identificados en colores al igual que en la República  Dominicana: Los residuos biosanitarios clase III son los patológicos, contagiosos o infecciosos, es decir que pueden  producir contagios de patologías producidas por el virus VIH o el virus de la Hepatitis C, entre otros.

Lo que hay saber es si estos residuos son tratados por profesionales sanitarios que garantice que los van segregando en contenedores especiales homólogos, diferenciados en colores: Los negros son para residuos biosanitarios, los azules son para citotóxicos y los amarillos para instrumentos punzantes y cortantes. Los residuos citotóxicos se incineran y los biosanitarios se esterilizan y se compactan, se tiran en la basura orgánica.

Los centros sanitarios generan multitud de desechos que precisan una eliminación específica para garantizar una salud laboral y medioambiental pública correcta, de ahí que es responsabilidad de estado proveer la ley y los reglamentos que debe regir la materia.

Para el mejor manejo de los residuos sanitarios y hospitalarios se han clasificados en Residuos Urbanos y Residuos Biosanitarios. Los residuos urbanos son los de clase I, compuestos por aceites domésticos, los alcoholes, latas, el papel, el vidrio, el cartón, el plástico, mobiliarios, escombros, madera, resto de poda y comida. Estos se generan en las salas de espera de hospitales y centros de salud.

Los residuos biosanitarios son las agujas, las hojas de bisturí, los instrumentos cortantes y punzantes, así como los de clase II que son los vendajes, gasas, sondas, guantes, apósitos, bolsas de sangre vacías, equipos de goteos, bolsas de orina, tabuladoras, filtro de diálisis y distintas clases de material que ha estado en contacto con los pacientes. Todo estos, necesitan un cuidado especial.

Estos residuos se generan en sala de cura, de despertar, de exploración, en laboratorios, en unidades de hospitalización y cuidados intensivos, maternidad y consultas externas. Los hospitales deben contratar los servicios de compañías especializadas que se encarguen de eliminar esos residuos y, los ayuntamientos que se encargan de compactarlos y llevarlos a los vertederos de basura.

Cada día más se requiere que los residuos peligrosos sean regulados su disposición final para impedir que personas inescrupulosas puedan contaminar las aguas de los ríos, el mar y lagos así como evitar que se utilicen para rehusarlos y evitar que vayan a dañar la salud de los ciudadanos. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social está para aplicar la ley y el reglamento a esos fines.

Lo que pensamos es que el Ministerio de Salud Pública debe disponer de un programa para educar y difundir el peligro que acecha detrás del manejo de los desechos y residuos peligrosos generado por el sistema sanitario y hospitalario para que los ciudadanos sepan al peligro que se exponen y den las pautas de como evitar contaminarse con ellos, pues se sabe que algunos vertederos no están manejando los desechos adecuadamente.

jpm

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