La policiología forense o ciencia policial

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El autor es abogado. Reside en Santo Domingo

La Ciencia Policial o Policiología puede ser estudiada desde los más diversos aspectos, ópticas y perspectivas profesionales con distintas prioridades, tiempos históricos y lugares geográficos diferentes, en los que se valora una amplia diversidad no exenta de argumentos.

En muchas ocasiones, un policía es la víctima de la realización policial injusta, por lo que para la Policiología victimológica puede ser básicamente útil a los propios policías, pero también, y sobre todo, para quienes, sin tener mayor precisión y exactitud, de algún policía, o de algunos policías deshonrosos como el de Barahona.  

De este modo, la Policiología puede ser definida como la ciencia que estudia los elementos, el arte, los medios policiales y las funciones que desempeña la Policía, como órgano del Estado, que se ocupa del proceso de interacción entre el gobernante y el gobernado en aras de la conservación del orden generado por el contractualismo social en la Constitución y para la mejor protección de ambos.

Los dependientes, los objetos, las relaciones y  normas de la Policía, su mejora y también su corrupción, tanto disciplinaria como criminal, y su interacción con otros profesionales, abren un gran abanico de posibilidades combinable híper complejas para este estudio, pero siendo todo, definitivamente todo, discutible, lo atrayente aquí es urgir lo que puede ser enjuiciado concluyente por peritos en sede judicial.

La receptividad de los jueces hacia los testimonios y las opiniones de los policías es tan inestable como también lo es la opinión de los jueces hacia los peritos en general, hacia cada perito en particular, y hacia cada peritaje concreto para cada  procedimiento judicial.

La Policiología forense trata, por lo tanto, de cuando puede ser inspeccionado, analizado, deliberado y dictaminado en un procedimiento judicial por un experto cualificado para emitir veredicto sobre actividades policiales con resultados judiciales.

 La enredada y cambiante legislación policial por una parte, y por otra la Ley de Enjuiciamiento Criminal que faculta a los peritos para introducir el procedimiento judicial sus informes y dictámenes, encuadran legítimamente a la Policía Forense.

 El dictamen de peritos es uno de los ineludibles derechos del imputado y en muchas ocasiones su seguridad jurídica puede depender de la eficacia probatoria de cuanto pueda oponer a una diligencia, dictamen, o testimonio policial.

Así, la principal utilidad práctica de la Policiología Forense no es otra que la crítica de las actuaciones policiales incorrectas, erróneas, perversas o delictivas, siendo la delincuencia policial el siempre difícil objetivo de la criminología y la criminalística probatoria de delitos policiales.

En rigor, la Policía no delinque nunca, en ningún caso. Los que delinquen son policías que no merecen serlo, y es a la Policía a la que más interesa siempre el esclarecimiento completo y la prueba forense de cuanto pueda imputarse a cualquier policía, y a todos y cada uno de los policías.

Los delitos de policías tienen una variedad tan amplia como existe en los tipos del Código Penal, porque los policías delinquen como cualquier otro tipo de ciudadanos, pero por delitos policiales pueden entenderse mejor aquellos que se efectúan utilizando el cargo, los medios, instrumentos, armas, documentos o información que estas sólo al alcance de la Policía.

Existen muchos criterios para clasificar los diversos tipos de dictámenes psicológicos. Sin que sea una pretensión exhaustiva, la tipología de peritaje sobre actividades policiales puede clasificarse en reconocimientos o constataciones simples, informes más o menos complejos  y dictámenes periciales, contra diligencias, contra informes o contra dictámenes policiales.

También es posible que el peritaje se haga para reforzar una información o una opinión policial. La diferencia entre informe y dictamen está en la limitación interpretativa del primero y en la opinión que manifestó el experto en el segundo. En principio, una diligencia policial debería constatar hechos documentados o testificados, sin hacer valoraciones por la Policía, aunque es un frecuente error policial el incluir opiniones, a veces muy impertinentes.

 Lamentablemente, es un frecuente terror de la policía científica sobreactuar con prepotencia y desprecio a otras opiniones pretendiendo impedir apodícticamente cualquier posibilidad de refutación. La experiencia demuestra que cuanto más hacen los policías por reprimir las argumentaciones de un perito, más valiosos son sus dictámenes.

jpm-am

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