La compra del voto

Todos los Partidos reconocidos por la JCE, están contribuyendo a incrementar la compra del voto en los 156 municipios y los 235 Distritos Municipales, para las elecciones municipales de Febrero y están  fomentado con saña, el traslado de votantes a los centros de votación, por ausencia del voto domiciliario, lo que refleja que en la conciencia de la dirigencia política dominicana, no se tiene claro el concepto de elecciones libérrimas.

La cédula de identidad y electoral es un documento que tiene validez por varios años  y se cambia para que los ciudadanos  al renovar su marbete indiquen si han cambiado de residencia o domicilio o si es casado o soltero e indique su profesión u oficio, bajo pena de la comisión de una infracción, si oculta  el cambio de domicilio u otra información.

De manera que los funcionarios que otorgan el marbete si no toman en cuenta esas exigencias de la ley 8-92 están contraviniendo sus disposiciones y son responsables de ser sancionados,  con las penas previstas en el articulo No. 14  que establece:  Que serán   condenados a la pena de seis meses a dos años de prisión correccional, o a1 pago de una multa de RD$2,000.00 a RD$5,000.00, o ambas penas a la vez.

El Presidente de la Junta Central Electoral debe crear un departamento de seguimiento e inteligencia para evitar la expedición de cédulas duplicadas y sin los cambios de domicilios.

Después del Nombre de la persona, el domicilio es el segundo atributo de  importancia política y social de la personalidad humana y de un Estado organizado.

El Código Civil Dominicano, establece que el domicilio de todo dominicano, en cuanto al ejercicio de sus derechos civiles,  es el del lugar de su principal establecimiento. Un porcentaje amplio de la población votante, ha cambiado de  domicilio por diversas razones, y tienen una habitación real en otro lugar, diferente de donde son nativos, estableciendo así su  principal establecimiento.

Desde el punto de vista electoral la ausencia del  cambio de domicilio aumenta la posibilidad de abstención del votante, por dificultad en el traslado  a la mesa  de votación.

Los ciudadanos que han cambiado de domicilio o residencia y no lo notificaron al momento de la expedición del nuevo marbete, deben ser sancionados en vez de facilitarles el traslado a su colegio electoral.

Un  proceso viciado de arriba abajo, matizado por la compra del voto, una campaña alienante, una boleta electoral mal diseñada y confusa, con unos recuadros que incitan a la nulidad y la observación  del voto  y con un alto costo de abstención e incredulidad alarmante, que merma el sistema electoral y político dominicano.

jaime668fernandez@gmail.com

JPM

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