SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Senado debió conocer en su sesión del pasado miércoles de “urgencia y en única lectura” las observaciones del presidente Danilo Medina al Código Penal y no remitirlo a comisión, opinó el jurista Namphi Rodríguez.
El catedrático de Derecho Constitucional manifestó que con ese trámite se viola el principio de supremacía constitucional.
“En un régimen presidencialista como el que existe en el país, la relación entre Presidente de la República y el Congreso está regida exclusivamente por el procedimiento constitucional y no puede ser mediatizada por los reglamentos de las cámaras legislativas”, indicó.
Dijo que el principio de supremacía de la Constitución que establece el artículo seis indica que todos los poderes públicos están sujetos a su imperio porque ella es el fundamento del ordenamiento jurídico.
A su juicio, el trabajo de la comisión es “ilusorio” porque en las observaciones presidenciales no hay nada que discutir ya que las mismas están redactadas por el Poder Ejecutivo y no deben ser variadas, sólo pueden ser acogidas o rechazadas por el pleno del hemiciclo que las recibe.
“Se está creando un precedente negativo en la relación del Presidente con el Congreso, una observación presidencial tiene que ser tratada sin dilaciones ni vueltas, se trata de un procedimiento de urgencia, así lo dispone el artículo 102 de la Constitución”, subrayó Rodríguez.


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