CARD impugna pretención instaurar impuesto a documentos notariales

imagen
Miguel Surun Hernández

SANTO DOMINGO.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) impugnó la resolución mediante la cual se pretende instaurar un impuesto de RD$350.00 por cada documento notarial elaborado en el país.

Miguel Surun Hernández, presidente del gremio, denunció que «esa resolución es ilegal y abusiva, ya que fue emitida por el Consejo del Poder Judicial usurpando funciones de la Suprema Corte de Justicia y del Congreso».

En base ello, el CARD depositó un recurso de reconsideración de la medida en la secretaria de la Suprema Corte de Justicia.

Surun Hernández explicó que con la entrada en vigencia de la citada resolución, todos los contratos y documentos notarizados tendrán que pagar doble tasa de registro, una a los ayuntamientos y otra a la Cámara civil y Comercial correspondiente, lo que constituye en una flagrante invasión de las atribuciones exclusivas del Congreso y de la Suprema Corte de Justicia.

Explicó que “esa medida viola las leyes de Registros de Actos Civiles que faculta a las oficinas de registro civil de los ayuntamientos para notarizar documentos y la del Notariado, que consagra la formalidad del registro solo en los cabildos”.

“Pero peor aún, dicha resolución se constituye en un mecanismo sancionador para los notarios, que administrativamente no se encuentran bajo la dependencia administrativa del poder judicial; con lo cual se afecta el principio de seguridad jurídica, ya que el órgano emisor la emite sin atribución alguna en esa materia, sino porque ese reglamento modifica de golpe y porrazo la Ley 140-15”, manifestó.

Reiteró que «el registro de documentos es una potestad de los ayuntamientos, salvo el caso de testamentos y poderes especiales, que por razones atendibles la Ley 140 consagró un registro especial por ante el poder judicial, pero nunca para la universalidad de todos los documentos, como se pretende con una resolución ilegal, que atenta contra la economía de los abogados y de la sociedad en su conjunto, por lo que debe ser revocada».

0 0 votos
Article Rating
Suscribir
Notificar a
guest
0 Comments
Comentarios en linea
Ver todos los comentarios