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Me temo que la Ley de Extinción de Dominio que aprobara el Senado el pasado martes, no responda a las aspiraciones de los grupos sociales que quieren ver despojados de sus riquezas a quienes las han adquirido de manera ilícita y desvergonzada, ya fuere por narcotráfico o ya fuere por saqueo a los bienes del Estado.
El proyecto original había sido aprobado la semana anterior por esa cámara, pero con sonados rezongos de los senadores de Fuerza del Pueblo y el Partido de la Liberación Dominicana. Los principales dirigentes de esas agrupaciones, que gobernaron la nación durante los últimos 16 años, temieron a los efectos de la Ley.
Recién salido del Senado, la pasada semana, el proyecto fue sancionado favorablemente por la Cámara de Diputados, la cual le introdujo 37 modificaciones. La más importante de estas reformas fue eliminar la acción retroactiva de la Ley. Esto constituía el dolor de cabeza de exfuncionarios, morados y verdes.
El documento debió regresar al Senado debido a las enmiendas. Es cuestión reglamentaria. Vistos los recortes, era previsible la rápida acogida brindada por los senadores de la oposición, por lo que la aprobación del proyecto no debió causar sorpresa. Se convirtió definitivamente en la Ley 340-22, tras ser promulgada ayer por el presidente Abinader.
La legislación permitirá al Estado, tras sentencia definitiva de los tribunales competentes, disponer el decomiso de bienes ilícitos, lo cual habrá de servir de escarmiento, a fin de mejorar nuestra sociedad, y de paso será una fuente de ingreso para el Fisco. En algunos casos se trata de recuperación de riquezas usurpadas al Estado mismo.
El proyecto llevaba más de doce años entre legisladores, pero la gente temía que no fuera aprobado por considerar que para algunos legisladores y sus organizaciones políticas hacer eso era como afilar cuchillo para sus gargantas. Gracias a las enmiendas, se ha producido el consenso para la aprobación.
El punto determinante ha sido, sin duda, la eliminación del artículo 4 numeral 2 sobre la “limitación de los efectos en relación con hechos pasados”. Ese punto establecía que la extinción de dominio se aplicaría sin tomar en cuenta que la acción ilícita se haya producido con anterioridad a la publicación de esta ley.
Será bueno conocer todos los artículos y numerales suprimidos para lograr el pase a unanimidad de esta ley. Eso ayudará a conocer mejor nuestra clase política. Conviene tomar en cuenta quiénes se opusieron rabiosamente -y sospechosamente- al proyecto. Ya tenemos Ley de Extinción de Dominio, no la deseada, pero algo es mejor que nada.
JPM


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