POR LUIS M. GUZMAN
En esta serie de tres capítulos se examina cómo 20 instituciones del Estado dominicano fallaron de forma simultánea, permitiendo que en SeNaSa se consolidara un esquema de corrupción de gran escala. No se trató de errores aislados ni de omisiones técnicas, sino de un fallo sistémico, donde reguladores, órganos de control y fiscalizadores políticos no actuaron cuando debían, creando un entorno propicio para la corrupción.
Estas instituciones, por mandato legal y responsabilidad funcional, debieron activar alertas o intervenir oportunamente. No fallaron solo los organismos de control: también órganos rectores y entidades responsables de la supervisión financiera. Lo más grave es que, según el expediente, ni siquiera se respetaron los planes misionales de cada institución, lo que revela un colapso del deber público.
1. SISALRIL – Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales debía ser la principal línea de defensa del sistema. Su función es supervisar a las ARS, vigilar su solvencia y garantizar la continuidad de los servicios. Sin embargo, permitió contratos per cápita desproporcionados, pagos por servicios no prestados y, según el expediente, la existencia de doble contabilidad. La alarma central del sistema no se activó.
Nada de lo ocurrido en SeNaSa podía pasar inadvertido para un regulador funcional. Pagos masivos sin correlato clínico, concentración de proveedores y distorsión entre afiliados y servicios prestados son señales elementales de riesgo. Cuando la supervisión se basa en datos autodeclarados sin verificación, el control se vacía de contenido.
2. CNSS – Consejo Nacional de Seguridad Social como máxima autoridad del Sistema Dominicano de Seguridad Social, el CNSS tenía la responsabilidad de aprobar políticas, validar modelos de contratación y preservar el equilibrio financiero y social del sistema. En el caso SeNaSa, permitió esquemas contractuales que perjudicaron directamente al propio Estado, favoreciendo intereses privados y comprometiendo la sostenibilidad del régimen subsidiado, sin ejercer correcciones oportunas ni advertir los riesgos que ya eran evidentes en la estructura de pagos y asignaciones.
Las distorsiones que el CNSS debió detectar no aparecieron de forma repentina ni excepcional.
Pagos per cápita inflados, ruptura progresiva del balance entre prestadores públicos y privados, cancelación de esquemas más eficientes y drenaje constante de recursos públicos se sostuvieron durante años. Nada de esto pudo operar sin la permisividad del órgano rector, cuya inacción convirtió desviaciones técnicas en fallas estructurales con impacto directo sobre la seguridad social.
3. DGCP – Dirección General de Contrataciones Públicas es el principal muro de contención frente a la captura del gasto estatal por intereses privados. En SeNaSa, los indicios eran reiterados: contratos diseñados “a la medida”, uso abusivo de procedimientos excepcionales y la creación de un comité de contrataciones paralelo sin base legal. No fueron errores aislados, sino patrones clásicos para evadir competencia, transparencia y control, ampliamente reconocidos en esquemas de corrupción administrativa.
La falla de la DGCP no se limita a lo que permitió, sino al momento en que decidió intervenir. Su actuación ocurrió únicamente cuando un contrato informático se volvió jurídicamente insostenible, es decir, cuando ya no podía ser defendido ni siquiera en términos formales. Para entonces, el daño estaba consumado. El control operó de forma reactiva y tardía, confirmando que el sistema de compras públicas llegó después del colapso, no antes de prevenirlo.
4. La Contraloría General de la República debía ejercer control interno y fiscalización preventiva del gasto público. Sin embargo, certificó expedientes sin verificar la correspondencia real entre pagos efectuados y servicios efectivamente prestados. El control se redujo a un ejercicio formalista, centrado en documentos, firmas y procedimientos, sin examinar la sustancia del gasto ni cuestionar su racionalidad. Así, el control interno dejó de prevenir desvíos y se convirtió en una validación administrativa del error.
5. La Cámara de Cuentas como órgano responsable de la auditoría externa de los fondos públicos, la Cámara de Cuentas tampoco cumplió una función preventiva. Sus auditorías fueron ex–post, tardías y sin capacidad de generar alertas tempranas al Congreso ni a la sociedad. Auditar cuando el daño ya está hecho documenta el colapso, pero no lo evita ni protege el patrimonio público. La ausencia de advertencias oportunas contribuyó a que el esquema se consolidara sin corrección institucional.
6. El Ministerio de Hacienda debió cuestionar la viabilidad financiera de SeNaSa ante déficits acumulados y reiteradas inyecciones extraordinarias de fondos públicos. Proteger la sostenibilidad fiscal no consiste en cubrir huecos sin corregir causas estructurales. Al no exigir ajustes, auditorías profundas ni revisiones de los modelos de gasto, Hacienda contribuyó a prolongar un esquema financieramente inviable, trasladando el costo del colapso al erario y, en última instancia, a la ciudadanía.
7- Tesorería Nacional y DIGECOG. Estas entidades no son simples pagadoras. Su rol es garantizar la trazabilidad, legalidad y racionalidad del gasto público. En SeNaSa ejecutaron pagos millonarios y recurrentes a un grupo reducido de proveedores, sin cuestionar la coherencia entre los montos desembolsados y la capacidad operativa real. Al pagar sin preguntar, renunciaron al último filtro del gasto, cerrando un circuito donde todos los controles previos ya habían fallado y facilitando la institucionalización del desvío.
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