La alta resaca de Tino en Juan Dolio

 

«Cuando Tino se acercaba al sitio empezó a sentir angustia».  (Juan Bosch)

Ahora Tino es otro, sabe que las cosas cambian, se transforman y así, a partir de la sentida muerte de un hombre de conocida integridad, un fuerte viento arrastraría a Tino a unos laberintos más malditos que los laberintos de Borges.

A ambos lados del río Bravo se sabe que Tino perdió la ingenuidad en el litoral de la casa de Gobierno, lugar donde aprendió, según se dice, a vivir y compartir con nuevos piratas: economistas, empresarios, publicistas y asesores neoliberales, todos endemoniados y dominados por ansias miserables.

El domingo no era para menos. Aunque Tino es otro, comenzó a sentir angustia; pensó en Daniel Defoe y en su connotado personaje Robinson Crusoe, pero vio una chica canadiense que le animó el alma. No siendo suficiente la sonrisa, Tino volvió a su estado de angustia y cargando la sombra que extrañamente le producía el sitio de Juan Dolio, quería borrarla. Fue imposible y entonces parodiando a Frederick Nietzsche, dijo: «Vosotros miráis a lo alto cuando aspiráis a la elevación. Y yo miro hacia bajo porque estoy alto».

A pesar de lo que dijo, Tino sabía que los números negarían aquella elevación y, en efecto, así fue, sin que tuviera en aquel trance un amigo diplomático de carrera que le ayudara a desistir de la terca ambición. 

En la misma brisa de Juan Dolio, Tino comenzó a beber Carlos I, como lo hacía Trujillo en sus mejores tiempos, blindado por todas las instituciones del Estado y la sociedad civil de aquellos días grises. Cuando Tino olvidó el fantasma de Trujillo sintió en algún momento que la brisa  fresca se transformaba en viento de arrastre y que esa fuerte corriente llegaría al Congreso.

En las afueras de Juan Dolio estaban atentos los otros, los que igual que Tino habían traicionado la isla Esmeralda. Sin embargo, esos otros hacen cuentos de probidades, se visten de hombres honestos y unitarios a pesar de sus viejos esquemas mentales. Aquella tarde el hombre se acercó al balcón del hotel con una expresión en sus ojos como el tono rojo del sol al atardecer.

Y este Tino angustiado se le ve acercarse al balcón con su vista fija en el horizonte como si fuesen dedos tratando de tocar el océano azul; se le oye murmurar la expresión del escritor cubano Agustín Acosta: « ¡Sol, oh sol, oh sol mío! Necesito tu calidad vibración. Tengo enferma la luz de la palabra; de mí sale brumosa y yo la quiero diáfana».

 Y ahora Tino piensa en la espesa bruma de aquellos días en los que el sol le pertenecía sin oportunidad de algún ocaso ostensible; ni el azul del mar de Juan Dolio da poesía porque se ha roto la relación íntima del color y los seres humanos. El color azul para Tino es ahora el de la lejanía y el de la lealtad improbable en un proceso de deserción de algunos connotados compañeros parados frente a Juan Dolio calibrando altura para tratar de seguir en el poder con la reelección.

Pero como en esta reelección no hay en el país un Eduardo Chibás que se dé un tiro moral en la ingle ni que se oponga con vehemencia contra el crecimiento de la corrupción de su propio partido; lo de Juan Dolio es simplemente un pasatiempo para turistas a orilla de una playa en traje de bañistas dándose un remojón de alta política en unas aguas salobreñas no aptas para mendigos; para estos últimos está Boca Chica y la Matica con sus visitantes insólitos buscando otros placeres.

Pero este Tino no quiere oír los cuentos moralizadores de Bosch. En un aparte de aquella reunión reeleccionista en Juan Dolio prefirió leer las narraciones embrujadas del que le levantóؚ la mano en un centro de la Capital para olimpiadas. La mar agitada hizo difícil aquella discusión política, lo que produjo que los convocados encresparan su pelaje.

Mientras adentro sucedía el debacle político, afuera los otros deliberaban sobre la modificación constitucional para acomodar al nuevo líder del partido, a lo que Tino se opone tajantemente por lo que significaría quedar desprotegido en momentos en que el pueblo, la Iglesia y los empresarios se pronuncian contra la corrupción de Estado imperante en el país.

A Tino se le oyó decir entre los dientes: «¡Esta vaina de Félix me jodió la vuelta al poder y me podría causar otros daños! Pero, ¿qué hago? Tengo el poder judicial a mi favor». Por lo menos eso es lo piensa Tino en un exceso de auto confianza. «¿Y el Fiscal del Distrito?», preguntó. «Ese señor  se fue con la reelección», respondió.

Continuando con  esta ironía, Tino olvidó en Juan Dolio que en la medida que su árbol deje de dispensar sombra todo aquel trepador que él hizo rico pronto firmará con la reelección. Y se repetirá la historia, por algo que olvidó Tino: «Nuestra lealtad es para las especies y el planeta. Nuestra obligación de sobrevivir es sólo para nosotros mismos sino también para ese cosmos, antiguo y vasto, del cual derivamos».

Tino no tuvo tiempo de ver la película española de 2004 dirigida por Mario Lidón titulada «Yo, puta», por estar entretenido con sus cortesanos preferidos. Lo de Juan Dolio le tomó un tanto desprevenido. En consecuencia, por estar divirtiéndose con los cuentos de la «nobleza» palaciega Tino no pudo darse cuenta de los varios negocios de la prostitución de la mente y preocupado por lo de Juan Dolio no leyó el libro donde dice que las personas suelen ser infieles aun enamorados de sus parejas y más tratándose de políticos trepadores.

Debo decir, después de lo expresado, que la política está llamada a ser una actividad noble si no fuera por los políticos.

Por otro lado, Tino sabe que no se trata en este caso del personaje del cuento de Bosch; él tiene que defender su territorio político como el soldado que asumimos. Dijo el escritor y periodista inglés Daniel Defoe, mencionado anteriormente en este trabajo, que «La vida de un soldado es la perfecta antítesis de la de un anacoreta y no sé qué otra cosa pudo inspirarme tan gran repugnancia a partirme de allí con el sentimiento que tuve de ello».

Los amigos del Tino angustiado por lo de Juan Dolio parece que al ver el desarrollo final de la reunión en el centro turístico Metro Country Club se resignaron a dejar la iglesia por una capilla, como aquella frase lapidaria que reza: «Allí donde Dios erige una iglesia el demonio siempre levanta una capilla; y si vas a ver, encontrarás que en la segunda hay más fieles».

Lo que olvidó Tino mientras se encontraba en su estado de ostentación despiadada frente a un pueblo indulgente, un pueblo que paga por su propia subordinación, es que cuando se está en una situación de fastuosidad total, aquella persona que disfruta de la miel del poder no advierte lo que distinguió el poeta Horacio. Veamos: «Si el vaso no está limpio lo que en él derrames se corromperá».

Lo que le está pasando hoy día a Tino se debe a que prostituyó la sociedad dominicana antes de lo de Juan Dolio como el título de aquella famosa película de vaqueros «Por unos dólares más», protagonizada por Clint Eastwood. La misma sociedad le está pasando factura porque la vida a veces nos sorprende con situaciones que no esperamos.

No comparto la opinión de algunos sociólogos y politólogos que dicen lleno de exaltación circunstancial que Tino corrompió a la sociedad Dominicana; creo todo lo contrario, lo que  realmente  hizo fue caminar voluntariamente sobre la territorialidad de la corrupción, es decir, lo que se esperaba de él.

A Tino le esperan momentos de enfados, de desengaños y de bastantes desalientos emocionales, por aquella frase del dramaturgo y actor chileno Alejandro Jodorowsky, que señala que «La frustración está provocada por una sociedad que nos pide ser lo que no somos y nos culpa de ser lo que somos».

Mientras Tino sufre los torrenciales que atacan el río Rubicón y el hoy preferido de los dominicanos, un pueblo políticamente invidente, se acaricia las orejas, habría que decirle que él también pasará en su momento al igual que Tino por iguales experiencias. Y en unos años habrá otro Tino en Juan Dolio sufriendo la infinita catástrofe de la historia de cual intentará salir lo mejor que pueda, pero no podrá ignorar, como dijera Cicerón, lo que ha sucedido antes de nosotros es como ser incesantemente niños.

Se equivoca aquel que piense que la historia madamas la escriben los vencedores. Como escritor que no me gusta hacer leñas del árbol caído, aprovecho para aconsejarle a Tino que en este cruce pesaroso en el que se halla recuerde la frase del poeta y filósofo alemán, Novalis: «Un espíritu histórico no puede tener dudas de que ha llegado el tiempo de la resurrección y que precisamente los acontecimientos que parecieron haberse dirigido en contra de su activación y amenazaban con consumar su hundimiento, han sido los signos más favorables de su regeneración».

 

 

El homicidio en el nuevo código penal



En estos momentos que en nuestro país se vive los más altos niveles de criminalidad, no podemos de dejar de hablar del principal crimen capital: el homicidio.
Muestra de la situación son los periódicos, pues a la hora de leerlos pensamos que estamos llenos de sangre. Las principales noticias son de robos, asaltos, secuestros y homicidios.

Es por tal motivo que quisiéramos llevar a los lectores la definición del homicidio, que se mantiene incólume, desde el código napoleónico hasta nuestro código penal dominicano. 

El homicidio se encuentra tipificado, en el titulo II  de los Atentados contra la persona humana, sección I de nuestra normativa penal,. De los atentados dolosos contra la vida, Su Art 98 expresa lo siguiente “ Quien mata dolosamente a otro comete homicidio. El homicidio será sancionado con diez a veinte años de prision mayor ”, pero la pregunta que no hacemos, qué elementos constitutivos son imprescindible para hablar de homicidio ?.
 
La jurisprudencia ha manifestado lo siguiente:  a- la preexistencia de una vida humana destruida, b- EI elemento material, constituido por los actos capaces de producir la muerte, c- EI elemento moral que tiene su origen en la intencionalidad, o voluntad del homicida de cometer el crimen, solo con estos elementos podría hablarse de homicidio. 

Nuestra ciudadanía a la hora de ver tantos hechos funestos en la sociedad, se pregunta por qué es tan fácil observar personas que cometen estos hechos y salen sueltos de las cárceles
La respuesta nos encamina a explicar la estrecha relación que existe entre el Derecho penal y el Derecho procesal penal como corresponsales de la configuración de la política criminal y como ejes estructurales de lo que es denominado “Sistema Penal” o “Sistema de Justicia Penal”, que es el conjunto de instituciones vinculadas con el ejercicio de la coerción penal y el castigo estatal. El Código penal se basa sobre la teoría del delito mientras que el Código procesal penal trata sobre el procedimiento de los autores punibles. Lo que afirma su estrecha relación a la hora de hacer una sana administración de justicia. 

Esto quiere decir que para enfrentar este mal, no es solo una labor de la ley, sino de todos los actores que intervienen en la justicia. Pues no podemos pensar que sin la unión y el trabajo conjunto, podremos llevar nuestro país un verdadero estado de derecho. 

No quiero terminar sin citar el decálogo del abogado, que expresa lo siguiente: “Tu deber es luchar por el derecho, pero el día en que encuentres conflicto entre el Derecho y la Justicia, lucha por la Justicia».

Investigar, perseguir y juzgar ¿es lo mismo?

 
El Auto de No Ha Lugar de un Juez especial de la instrucción designado por la SCJ para el caso del Senador de San Juan de la Maguana, su motivación se sustenta en el principio non bis in ídem (no dos veces por lo mismo), con la que declaró la doble persecución, y que ha arrojado un costal de interrogantes en la comunidad jurídica nacional.
 
Una persecución puede provenir de dos fuentes. De un particular que ha sido victimizado por un delito, o del propio órgano persecutor del Estado, esto es, del Ministerio Público, cuando la persecución no dependa de ese particular, por tratarse de una infracción que no requiera de instancia. Pero ¿Cuándo se considera que se inicia una persecución penal en contra de una persona?
 
Para mí, aunque sé que mi posición no tiene que coincidir con algunos abogados, lo cual respeto, son cinco (5) actos.
1. Cuando se interpone una denuncia.
2. Cuando se produce una querella, ya sea por una infracción pública que dependa de la instancia privada o por una infracción privada;
3. Cuando se persigue a una persona por una infracción de acción pública que no dependa de instancia.
4. Cuando se impone una medida de coerción en desfavor de alguien;
5. Cuando se práctica una prueba anticipada que supone incriminar e imputarle a alguien un ilícito penal.
 
La otra pregunta obligada es: ¿Cuándo el Estado Investiga penalmente a una persona, sea física o jurídica, implica en todos los casos que está realizando una persecución contra ésta? Si así fuera, todas las investigaciones que realiza la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, a las instituciones del Estado, caerían en el ámbito de la persecución, cuando el fin primario ese órgano fiscalizador, todos sabemos que es corregir las posibles irregularidades que se detesten en sus investigaciones.   
 
La siguiente pregunta es: ¿Fue el Senador perseguido o fue solo objeto de una mera investigación? Sabemos que el Ministerio Público debe perseguir de oficio todos los hechos punibles de los cuales tenga conocimiento, pero solo  cuando existan suficientes elementos fácticos que permitan verificar su ocurrencia, así lo establece el artículo 30 del Código Procesal Penal. ¿Pero qué ocurre si no existen los suficientes elementos fácticos para verificar su ocurrencia? ¿Queda inhibido o inhabilitado el Ministerio Público, de realizar una investigación? 
 
Legalmente ese artículo no le impone como obligatorio al Ministerio Público de perseguir todos los hechos punibles, pues a pesar de poder tener conocimiento de algunos, si no existan de ellos elementos de hecho que permitan probar su ocurrencia, no pueden perseguirlos, pero no implica que la esa inexistencia de esos elementos fácticos, lo imposibilite de realizar una investigación, que fue precisamente esto último, lo que realizó el fiscal actuante de ese entonces, de la DPCA.
Si tomamos como referencia los cinco actos que pudieran dar origen a una persecución penal, nos cabrían cinco preguntas medulares:
¿Fue objeto el Senador de una Denuncia?
¿Alguien, utilizando la prerrogativa del artículo 85, numeral 3) del Código Procesal penal, se querelló contra él?
¿Se le impuso una medida de coerción?
¿Se realizó una prueba anticipada?
           
            Todas las interrogantes anteriores tienen en común la misma respuesta, No. Pero, al parecer, la interpretación de esa investigación fue tan extensiva y tan garantista, que por primera vez, lo que aparenta una mera investigación se convierte en una persecución, descansando esa interpretación, en una norma de derecho, como lo es el CPP, en su artículo 9, que se contrapone parcialmente a otra de poder, como la Constitución, en su artículo 69, numeral 5), ya que la primera se refiere a la no percusión, juzgamiento ni condenación  dos veces de una persona por los mismos hechos, y la segunda solo al no juzgamiento de una misma persona dos veces, por las mismas causas.  
 
¿Qué sucede cuando una norma de poder como la Constitución Dominicana colisiona o se contrapone total o parcialmente a una norma de Derecho como la Ley 76-02 o CPP? La norma infraconstitucional, en este caso el CPP, establece en su artículo 9 , que nadie puede serperseguido, juzgado ni condenado dos veces por el mismo hecho. Mientras que la norma de Poder, en este caso la Constitución Dominicana, en su artículo 69, numeral 5), establece que ninguna persona puede ser juzgada dos veces por una misma causa.
 
Como se puede observar, el Código Procesal Penal establece la no persecución, juzgamiento o condenación dos veces, estableciendo que en ningún caso pueden repetirse, cuando los hechos sean los mismos, y sea la misma persona. En cambio la Constitución solo se limita al no juzgamiento, de lo que infiero, se refiere a los juicios que se le realizan a la acusación (Etapa Preliminar), y a los juicios de conocimiento (Etapa de juicio de fondo).
 
Cuando esto sucede, lo aconsejable, según una mayoría de jueces  penales, es buscar un punto en donde puedan coexistir ambas normas.
 
Como se puede apreciar, ambas normas (de poder y de derecho), coinciden en el hecho de que nadie puede ser juzgado dos veces por una misma causa o por el mismo hecho.
 
Sin embargo no coexisten en la Persecución y Condena de alguien por los mismos hechos o causas. Mientras la norma de poder solo establece la imposibilidad de dos juzgamientos por la misma causa (hechos), la norma de derecho entraña la imposibilidad de perseguir o condenar dos veces a una persona por los mismos hechos (causas).
 
¿Fue el señor Félix Bautista juzgado con anterioridad, en otro caso,  por los mismos hechos en la que se fundamentó la actual acusación del Procurador General de la República?
 
El funcionario público especializado de ese entonces, y que realizó la investigación, no era juez, sino Procurador de la DPCA, por lo que se limitó a investigar unos hechos que podrían bien estar presentes en la actual acusación, pero indispensablemente no los persiguió, y mucho menos los juzgó, porque tal como lo establece el artículo 22 del Código Procesal Penal,  éste establece que las funciones de investigación y de persecución, son exclusivas de Ministerio Público, por lo que están separadas de la función jurisdiccional, que es exclusiva de Tribunales y Jueces.
 
Lo que quiere decir, que así como el Juez no puede realizar actos que impliquen el ejercicio de la acción penal (pública o privada), tampoco el Ministerio Público puede realizar actos jurisdiccionales, verbigracia juzgar.
 
¿Es equiparable en derecho, investigar, perseguir y juzgar? Si fueran lo mismo, ¿Porqué son personas distintas las que investigan y persiguen, de las que juzgan? Si así fuera, ¿Para qué tendríamos para un mismo fin Fiscales y Jueces, si un solo pudiera hacerlo, como antes, en el antiguo Código de procedimiento Criminal, en el que teníamos al juez de instrucción, investigando y juzgando, al mejor estilo de la inquisición?
 
Es obvio que investigar, perseguir y juzgar, son cosas muy distintas, al punto que la competencia de juzgar recae en los tribunales y jueces, mientras la de investigación y persecución recae en el Ministerio Público y sus auxiliares.
 
Otra cosa, ¿Puede considerarse el fin de una investigación que devino en un archivo, sea provisional o definitivo, como cosa juzgada, como lo alegó la defensa del senador por medio de uno de los incidentes presentados como excepción? Ciertamente que el artículo 281 del CPP (Archivo), faculta al Ministerio Público a poder disponer el archivo de un caso mediante dictamen motivado, por distintas razones, pero, insisto,  ¿Significa eso o es equiparable a decir, que se trata de la cosa juzgada o la mera cosa solo investigada, o tal vez perseguida?
 
La cosa juzgada implica la intervención de una decisión jurisdiccional, a lo que se refiere al artículo el artículo 69 de la Constitución, en su numeral 5). En cambio la cosa investigada y perseguida, entraña la intervención de una decisión de un mero órgano de investigación y persecución, cuya decisión la hace susceptible de recursos, incluso para solicitar el levantamiento del archivo, si procediera.
 
Lo que parece que ha sucedido en el caso que hoy nos ocupa, es que la interpretación que ha hecho el Sr. Moscoso Segarra como juzgador, es irse al   principio de favorabilidad, que se encuentra definido en la Ley 137-11, en su artículo 7, numeral 5).
 
Ese artículo establece que la Constitución y los derechos fundamentales deben ser interpretados y aplicados de modo que se optimice su máxima efectividad para favorecer al titular del derecho fundamental, y que si una norma infraconstitucional (Como el CPP) es más favorable para el titular del derecho fundamental (La tutela judicial efectiva y el Debido Proceso) que las normas del bloque de constitucionalidad (como la Constitución), la primera se aplicará de forma complementaria, de manera tal que se asegure el máximo nivel de protección.
Quiere decir, que aunque el artículo 69, numeral 5), de la constitución vigente es limitativo, al disponer que no se puede juzgar dos veces a una persona por la misma causa, la norma infraconstitucional (CPP), en su artículo 9 optimiza la efectividad del derecho fundamental a la tutela efectiva y el Debido Proceso a que tiene derecho todo imputado, en la interpretación del Sr. Moscoso Segarra, si proporciona una mayor protección que la norma constitucional, cuando impide que sea éste, además del juzgamiento, ser perseguido y condenado dos veces por el mismo hecho.
 
Si esa fue la interpretación del juzgador, ¿Dónde entonces queda la supremacía de la Constitución, consagrada en su artículo 6, en su parte in fine, que entraña la nulidad de pleno derecho de toda disposición que le sea contraria? Ambas normas coinciden en que no se puede juzgarse dos veces a una persona por los mismos hechos o causas, pero difieren en que no se puede perseguir ni condenar dos veces por los mismos hechos o causas.
 
Finalmente, debemos entonces remitirnos de nuevo a la misma norma infracosntitucional (CPP), que quizás le sirvió de sustento al juez especial de la instrucción de este caso concreto, pues en su artículo 25 (Interpretación), establece que la analogía y la interpretación extensiva se permiten para favorecer la libertad del imputado o el ejercicio de sus derechos y facultades.
 
La Casación,parece, será el mejor escenario para determinar si se aplicó o no adecuadamente el Derecho a ese caso en concreto.
 

 

Miguel Vargas califica de despropósito que PLD quiera seguir gobernando RD

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente y candidato presidencial del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) Miguel Vargas, definió este sábado como un  despropósito las pretensiones del Partido de la Liberación Dominicana de continuar en el poder más allá de agosto de 2016, sea quien sea su candidato.

A su juicio, en cuatro gobiernos ese partido no ha sido capaz de garantizar el estado de derecho, la seguridad jurídica ni ciudadana a la población.

Expresó que las administraciones peledeístas se han caracterizado por acumular la deuda social, la exclusión y la carencia de un plan nacional de desarrollo.

Vargas hizo la declaración luego de presidir el acto de juramentación del Frente Nacional de Abogados en la Casa Nacional del PRD, donde ratificó su compromiso de llevar al PRD al poder en las próximas elecciones para establecer la democracia económica y social que el país necesita.

Dijo a los abogados y dirigentes asistentes a la juramentación que por eso el PRD auspicia el movimiento social #dímelo, dirigido a incluir a la población en el diseño y ejecución de un modelo de gobierno inclusivo y que dé a todos los dominicanos igualdad de oportunidades, «a diferencia del PLD que en lo fundamental sólo gobierna en beneficio de su gente».

Fueron juramentados José Fernando Pérez Vólquez, Diego Moya, presidente en Funciones; Máximo Castillo Salas, asesor nacional; Héctor Caro, asistente especial; Kelvin Peralta Madera, Adolfo Serrano, Luis José Cruz, Wilfredo Silverio Severino, Miriam Reyes Quiñones, vicepresidentes, además de delegados de Nueva York, la provincia Santo Domingo, del Distrito Nacional y los diferentes municipios del país.

 

Presidente entrega dos centros educativos en provincia SD

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente Danilo Medina inauguró este viernes dos centros educativos en este municipio de la provincia Santo Domingo, construidos con una inversión global de 106 millones 265 mil 242 pesos con 71 centavos del presupuesto del Ministerio de Educación. Los nuevos centros serán integrados a la Jornada de Tanda Extendida, en beneficio de 1,470 estudiantes.

Los planteles entregados son la escuela de básica María Núñez Soriano, en Los Mameyes, y el liceo Hilda Gutiérrez, en Boca Chica. Ambos suman 41 aulas o espacios docentes nuevos.

La escuela de básica fue construida a un costo de 62 millones 131 mil 618 pesos con 58 centavos, y la inversión del liceo fue de 44 millones 133 mil 624 pesos con 13 centavos. En el equipamiento de ambos centros se invirtieron nueve millones 110 mil 235 pesos con 71 centavos.

La construcción de las obras estuvo a cargo de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), cuyo Director, ingeniero Miguel Pimentel Kareh, dijo que ambos centros educativos están dotados de laboratorio de Ciencias e Informática, biblioteca, área administrativa, cancha mixta, cocina y comedor, beneficiando a 1,470 estudiantes pertenecientes a comunidades de 7,350 pobladores que verán a sus hijos superarse a través de una mayor y mejor educación.

En el discurso central que pronunció, el ministro de Educación, Carlos Amarante Baret, proclamó que “al conmemorar hoy el 50 aniversario de la Revolución de Abril, podemos afirmar que la forma de gobernar del Presidente Danilo Medina está en consonancia con los objetivos de la Revolución”.

Dijo que trabajando para los más humildes, sus programas sociales como Quisqueya Aprende Contigo, Visitas Sorpresa que ponen el crédito en manos de los pequeños y medianos productores, Banca Solidaria, la reforma en el sector salud y la Revolución Educativa, el presidente “reivindica a nuestros héroes y hacen que su lucha no fuera en vano”.

Consideró que los 851 mil 396 registrados en el programa de alfabetización constituyen un gran  homenaje a los héroes de abril de 1965.

Puntualizó que la revolución de Abril procuraba elevar el bienestar general del pueblo dominicano con más empleo, mejor salud, educación de calidad, defensa irrenunciable de nuestra soberanía nacional, plenos derechos económicos y sociales para las grandes mayorías, entre otros.

“Danilo Medina con sus buenas ejecutorias de gobierno, trabaja incansablemente para que todo el pueblo dominicano pueda gozar de sus sagrados derechos a una vida digna, justa y de pleno desarrollo social”, dijo.

Fray Víctor Payano, de la parroquia Nuestra Señora del Rosario, quien impartió la bendición de la ceremonia, resaltó que con el trabajo que está haciendo el presidente Medina en el campo de la educación, nadie puede alegar que no puede estudiar.

“Es un gran esfuerzo el que realiza el presidente, que está poniendo atención a la educación de los dominicanos. Quien no estudia no puede decir ahora que es porque no tenga la oportunidad; a todos se les está dando la oportunidad de alcanzar una mejor formación”, indicó el religioso.

RD jugará en grupo A del Campeonato FIBA Américas

SAN JUAN, Puerto Rico. La Federación Internacional de Baloncesto en las Américas celebró hoy, viernes, 24 de abril, el Sorteo para el Campeonato FIBA Américas U16 del 2015.

 

El Campeonato FIBA Américas U16 del 2015, se jugará en Bahía Blanca, Argentina del 10 al 14 de junio y contará con la participación de las selecciones nacionales de Argentina, Brasil, Canadá, México, Puerto Rico, República Dominicana, Estados Unidos y Venezuela.

 

El sorteo dejó el Campeonato Continental configurado de la siguiente manera:

 

Grupo A: Estados Unidos, Brasil, República Dominicana, Puerto Rico

 

Grupo B: Canadá, México, Venezuela, Argentina

 

En el Sorteo, los equipos fueron divididos en dos grupos, que jugarán una primera ronda de todos contra todos dentro del grupo.

 

Los mejores dos equipos de cada grupo clasifican a las Semi-Finales, donde el primer lugar del Grupo A jugará contra el segundo clasificado del Grupo B y viceversa.

 

Los ganadores de la semifinal avanzarán a la Final.

 

El Campeonato FIBA Américas U16 clasifica a cuatro equipos al Campeonato Mundial FIBA U17 del 2016.

 

FUENTE: FIBAAMERICAS.COM

 

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FEDOFUTBOL busca fomentar fútbol femenino en RD

SANTO DOMINGO.- La Federación Dominicana de Fútbol (FEDOFUTBOL) inició un vasto programa que busca fomentar este deporte en la rama femenina en las 32 provincias del país.

 

Osiris Guzmán, presidente de la FEDOFUTBOL, avanzó que este desarrollo ya ha comenzado a implementarse en niñas y jóvenes en edades comprendidas entre 6 y 16 años.

 

Guzmán explicó que «este es un modelo de la FIFA, que lanzó la campaña Live Yours Goals, que busca fomentar el fútbol femenino a nivel mundial».

 

«La FIFA tiene el compromiso de apoyar el fútbol femenino a largo plazo en todo el mundo, y por eso es la campaña de animar a mujeres y niñas a que se involucren en este deporte», sostuvo.

 

El dirigente federado indicó que la campaña Live Your Goals es a propósito de la Copa Mundial Femenina de la FIFA en Alemania.

 

«Se trata de un festival de fútbol base para niñas y jóvenes entre 6 y 16 años», terminó diciendo el presidente de la FEDOFUTBOL.

Atlético SC presenta técnicos para la LDF Banco Popular

SAN CRISTOBAL.- El Club Atlético San Cristóbal presentó este viernes los dos nuevos técnicos que dirigen, desde la pasada semana, el equipo local que participa en la Liga Dominicana de Fútbol LDF Banco Popular.

 

La presentación fue hecha en el marco de una rueda de prensa, celebrada en el salón VIP del Estadio Panamericano, hogar del onceno sureño.

 

Juan Antonio Guerra, presidente del Club Atlético San Cristóbal, hizo la presentación de lugar de Juan Carlos Gastón, peruano-canadiense, y Jorge Pulido, de Venezuela.

 

Guerra dijo que estos técnicos iniciaron desde el jueves de la pasada semana a impartir prácticas al conjunto.

 

De su lado, Gerard Dipré, gerente general del equipo, explicó que tanto Gastón como Pulido tienen amplia experiencia en la dirigencia de clubes de fútbol a nivel internacional.

 

«En este escenario, con la prensa tanto local como nacional, presentamos nuestros nuevos técnicos, quienes ya comenzaron a impregnar dinamismo y capacidad a nuestro onceno, y por consecuencia lo llevarán a obtener importantes victorias», sostuvo el dirigente deportivo.

 

En el encuentro con la prensa también hablaron Arístides Ledesma, vicepresidente del club, así como Gastón y Pulido, quienes se mostraron confiados en obtener triunfos en los próximos partidos.

 

Al mismo asistieron, además, el presidente de la Asociación de Fútbol de San Cristóbal, Irving Delgado, y los directivos del onceno local Benny Metz, David Marte y Lesseps De León, así como jugadores, dirigentes y otras personalidades.

 

PERFIL DE JUAN CARLOS GASTON

 

Juan Carlos Gastón es peruano-canadiense y tiene experiencia internacional como jugador y entrenador de fútbol. Es graduado en Gerencia Deportiva.

 

Su experiencia va mas allá, ya que tiene credibilidad con asociaciones y equipos afiliados a la FIFA (Federación Internacional de Fútbol). Ha estado muy de cerca del presidente de la FIFA, Josepth Blatter.

 

Ha sido manager de entrenadores de prestigio mundial y campeones, tales como, Benito Foro, José Cheche Hernández y Néstor Clausen.

 

Tiene una vasta experiencia como entrenador en Canadá, Estados Unidos, Inglaterra, España y Perú.

 

Ha asistido a mundiales y competencias internacionales como analista de prensa escrita y televisiva en los años 1994, 1998, 2006 y 2010. Además dirigió los equipos de México en el Mundial 2005 sub-17 y en ese mismo año el de Argentina sub-20, así como el de Canadá en el Mundial 2011 en la categoría sub-20.

 

PERFIL DE JORGE PULIDO

 

El profesor Jorge Pulido, nacido en Venezuela, tiene una amplia experiencia como analista de fútbol a nivel mundial.

 

Es graduado de la Universidad Santa María, de Caracas, en Venezuela, con una maestría en la Universidad de Toronto, en Canadá.

 

Pertenece desde el 2009 al Colegio Nacional de Coachs en Venezuela, y ha realizado otros estudios en entrenamiento de jugadores, tanto en Toronto como en Estados Unidos.

 

Ha participado en eventos internacionales, tales como, Copa América 2002-2004-2007-2011; FIFA WC South Africa 2010, Germany 2006 (WebPlanetavinotinto.com, Meridiano TV, RCTV Channel).

 

FIFA WC U-20 Egipto 2009.

 

FIFA WC U-17 UEA 2009.

 

Copa Libertadores 2002-2014.

 

Copa Libertadores 2006 Draw (Meridiano Journal).

Aprueban la reelección presidencial en Honduras

TEGUCIGALPA, Honduras.-  La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el jueves un artículo de la Constitución que prohibía la reelección presidencial en Honduras desde 1982, el asunto en el centro del conflicto que derivó en el derrocamiento del presidente Manuel Zelaya hace seis años cuando buscó efectuar un referendo sobre modificaciones a la carta magna.

La decisión fue adoptada por cinco jueces de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, pero uno de ellos se retractó después. Fue el magistrado Elmer Lizardo, del opositor Partido Liberal.

«La resolución deja claro que ninguna ley puede restringir los derechos de los hondureños», dijo en rueda de prensa el portavoz del máximo tribunal, Melvin Duarte. Informó que la medida entrará en vigencia al ser publicada en las próximas horas en el diario oficial La Gaceta.

La Sala de lo Constitucional declaró inaplicable el artículo 239 de la carta magna que establecía que ningún presidente o vicepresidente de Honduras podía volver a desempeñarse en esos cargos de elección popular. Ordenaba además el cese de los funcionarios estatales que propusieran reformar la norma y su inhabilitación por 10 años a ejercer toda función pública.

Ese artículo era considerado «pétreo» por abogados y legisladores opositores. Para ellos, sólo una Asamblea Constituyente podía reformarlo o eliminarlo.

El fallo fue aprobado por el poder judicial luego que 17 congresistas oficialistas presentaron en diciembre un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 239. Lo mismo hizo a finales de marzo el ex presidente Rafael Leonardo Callejas (1990-1994), quien alegó que sus derechos humanos estaban siendo violados.

Al conocer la determinación, Callejas anunció que aspirará nuevamente a la presidencia.

«Ya no está prohibida la reelección presidencial. Todos los expresidentes pueden buscar la presidencia, incluso el actual gobernante Juan Orlando Hernández», dijo Mario Aguilar, abogado de Callejas.

Salvador Nasralla, ex candidato presidencial del opositor Partido Anticorrupción en los comicios generales de noviembre de 2013, no se mostró complacido por la decisión.

«El fallo abre el camino a una dictadura que permitirá a Hernández mantenerse en el poder desde el poder», aseguró Nasralla.

Zelaya, derrocado en junio de 2009 por los militares, criticó el veredicto, pero se mostró confiado en volver a la arena electoral. El ejército y la Corte Suprema lo acusaron en esa oportunidad de intentar quedarse en el poder.

«A Hernández no le temo porque es fácil derrotarlo en las urnas», subrayó.

La crítica generalizada en la oposición es que en 2009 los mismos políticos que ahora buscan la reelección fueron los que impulsaron el golpe de Estado contra Zelaya.

 

BARAHONA: Khoury Industrial coopera remozamiento parque

POR OMAR MEDINA

CABRAL, Barahona.- La Junta para el Desarrollo de La Peñuela recibió de la empresa Khoury Industrial más de RD$ 200 mil pesos para el remozamiento del parque de ese sector, que lleva varios años en estado crítico.

La presidente de la agrupación, Josefa Segura Féliz, recibió de un alto ejecutivo de Khoury, Daniel Morel, dos patanas de blocks, dos de arena y una de grava para el inicio de los trabajos de acondicionamiento.

De su lado, el asesor de la junta comunitaria, José Antonio Pérez, agradeció a la empresa productora de block por la ayuda de gran importancia para el desarrollo del sector.

Destacó que otras instituciones que se agregan a que este proyecto se haga realidad son el ayuntamiento municipal y PROCOMUNIDAD.

jpm