OPINION: DGII agarrando el toro por los cuernos

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El autor es contador público autorizado. Reside en Miami.

Apretar la evasión impositiva, la elusión y fraudes tributarios es el primer paso hacia la reforma tributaria.

¿Qué es lo que viene?

Impuestos Internos (DGII) tiene la capacidad de poder pedir a cualquier banco un informe detallado sobre las sumas de dinero que tiene que pagar a sus tarjetas de crédito cada uno de los contribuyentes de este país. Se sabe también que esto se ha establecido formalmente como una política común a partir del año 2020.

Lo que quiere decir, que DGII tiene el poder de solicitar a los diferentes bancos un reporte que deberá generarse hacia el final de cada año, donde se indique a detalle la cantidad total de dinero que cada persona pagó a sus tarjetas de crédito a lo largo del año.

Todo esto se ha comenzado a llevar a cabo con el fin de comparar dicho reporte una vez entregado por cada banco, con el listado que DGII tiene en su base de datos, en el que lleva el registro de todos los contribuyentes que han realizado debidamente su declaración tributaria, así como la cantidad de dinero que cada contribuyente haya indicado como ingreso.

De entrada, todo esto suena bastante bien, ya que si un contribuyente reportó durante el año haber ganado $480,000 pesos, parecería ilógico que esta persona haya puesto pagos de $600,000 pesos en los abonos regulares de sus tarjetas de crédito, porque de ser así, la lógica nos llevaría directamente a la pregunta: ¿Cómo es que lograste pagar 600,000 pesos a tus tarjetas de crédito si en tu declaración de impuestos estás reportando a DGII que durante el año percibiste solo 480,000?

¿De dónde vienen esos 120,000 pesos que no reportaste?
A estos 120,000 pesos de diferencia se les conoce a partir del 2021 como Discrepancia Fiscal. Por esta razón, Hacienda podrá haciendo uso de sus facultades, enviar una carta pidiendo al contribuyente aclarar y justificar dicha diferencia.

En en caso de no poder hacerlo, el contribuyente estará en la obligación de pagar a DGII las cantidades de (ISR) correspondientes a dicha discrepancia, ya que la mencionada cantidad de dinero será considerada como un ingreso.

Este análisis de discrepancia de DGII también podrá ser aplicado a toda persona que tenga tarjetas de crédito y que no haya realizado su declaración
de impuestos como corresponde, así como también a las personas que no estén dadas de alta ante DGII.

Esta parte de la iniciativa también suena bien, porque se estará monitoreando a toda persona que no declara sus ingresos, y sin embargo utiliza las tarjetas de crédito, retiros bancarios, etc. aunque es importante también recordar, que hay ciertas personas como las amas de casa, por ejemplo, que no cuentan con un empleo remunerado, y que sin embargo suelen ser titulares de alguna o algunas tarjetas de crédito.

El mismo caso aplica para muchas otras personas que suelen vivir del apoyo económico que sus parejas, hijos u otros miembros de su familia les aportan, la razón de que estas personas también estén sujetas a dicho reporte, es que al no estar dados de alta ante DGII, se les considerará las cantidades de dinero que estas personas perciben, como Discrepancia Fiscal, por el hecho de que sin haber declarado percibir ningún salario, estas personas realizan pagos a las tarjetas de crédito que utilizan.

En este caso será necesario aclarar debida y claramente, que las cantidades de dinero que estas personas llegan a percibir, efectivamente las aporta su pareja o sus hijos o bien algún otro miembro de la familia.

Entonces, serán ellos quienes tendrán que aclarar y justificar que de acuerdo a los ingresos que perciben pueden asumir con responsabilidad el apoyo económico que le aportan a su familiar, es decir, que pueden realizar sin problema los pagos a dichas tarjetas de crédito con base en los impuestos que hayan declarado.

Por esta razón es sumamente importante tener muchísimo cuidado en el manejo de las tarjetas de crédito, en especial si eres de las personas que tiende a prestar la línea de crédito de tu tarjeta, bancaria o departamental, a tus familiares o a algún amigo, ya que, aunque ellos te den la determinada cantidad de dinero para que puedas realizar los pagos de la tarjeta que prestaste, debes recordar que, para DGII, este dinero siempre contará como si fueran tus ingresos.

Seguiremos.

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