Mujer y violencia digital (OPINIÓN)

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EL AUTOR es periodista y presidente del Partido Nacional Duartiano. Reside en Santo Domingo.

Por DANIEL SÁNCHEZ

La seguridad ciudadana en la República Dominicana del año 2026 ya no se mide únicamente por el patrullaje en nuestras calles, sino también por la integridad de nuestras vidas en las redes sociales.

Como defensor de los derechos fundamentales, sostengo que la violencia digital no es “virtual”; es real. Sus efectos trascienden la pantalla y se traducen en la destrucción de carreras, aislamiento social y crisis de salud mental.

En un contexto donde los delitos tecnológicos han ido en aumento, no podemos permitir que el anonimato continúe siendo refugio de la impunidad.

Debemos reconocer que nuestro marco legal ha sido superado por la tecnología. La Ley 53-07, concebida para enfrentar delitos electrónicos tradicionales, resulta insuficiente, pues no tipifica con la severidad requerida fenómenos como las falsificaciones generadas mediante inteligencia artificial o la divulgación ilícita de datos personales.

Actualmente, una mujer víctima de la difusión no consentida de contenido íntimo enfrenta un calvario institucional mientras su imagen se replica de forma inmediata y potencialmente irreversible. En este contexto, una justicia tardía en el entorno digital equivale a la negación de la justicia.

Por ello, resulta necesaria una reforma estructural basada en pilares que aborden tanto la dimensión técnica como la social del problema.

En cuanto a la tipificación penal, es imperativo establecer penas de cinco a diez años de prisión para quienes utilicen contenido íntimo con fines de coacción económica o sexual. Asimismo, debe penalizarse la coacción digital por interposición de terceros, sancionando el uso de imágenes de hijos o familiares para extorsionar a la mujer a través de sus vínculos afectivos.

Como medida de auxilio inmediato, propongo la creación de un mecanismo administrativo ágil que faculte al Ministerio Público a ordenar el retiro de contenido lesivo en un plazo máximo de 24 horas. Del mismo modo, es fundamental que las grandes plataformas digitales asuman su corresponsabilidad: si operan en territorio dominicano, deben cumplir con protocolos efectivos de protección a las víctimas, en coordinación con las autoridades nacionales.

De forma articulada, resulta vital la creación de un cuerpo especializado de forenses digitales con enfoque de género, altamente capacitados en técnicas de ciberinvestigación.

El Estado debe asumir la carga investigativa para evitar que la víctima sea quien tenga que perseguir a su agresor, reduciendo así la revictimización y fortaleciendo la confianza institucional.

En el ámbito político-electoral, debemos plantearnos que los órganos competentes incorporen como faltas graves los ataques digitales basados en la vida privada contra mujeres políticas. Esto debe complementarse con la inclusión de contenidos obligatorios sobre alfabetización en ciberseguridad y ética digital en el currículo educativo nacional, como herramienta preventiva de largo plazo.

Siguiendo el ideario de Juan Pablo Duarte, la ley debe ser una garantía efectiva de dignidad.

La violencia digital contra la mujer constituye una amenaza estructural a la convivencia democrática y al ejercicio pleno de los derechos fundamentales. El Congreso Nacional debe asumir la responsabilidad de actualizar el marco normativo con urgencia.

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