ESPAÑA: Defensa de la infanta Cristina recurre auto de apertura de juicio
La defensa de la infanta Cristina ha apelado este viernes a la denominada doctrina Botín en su recurso contra el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos dictado por el juez José Castro el pasado 22 de diciembre, en el que abría proceso contra la hermana del rey como cooperadora en dos presuntos delitos fiscales.
El recurso registrado en el juzgado de Instrucción número 3 de Palma es de apelación, directamente ante la Audiencia de Palma, si bien el juez no tiene previsto darle traslado hasta el próximo lunes, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
La defensa de la infanta apela en su recurso a la «falta de legitimación» de la «acción popular«, en este caso el sindicato Manos Limpias, para acusar de delitos contra la Hacienda Pública, según el contenido del recurso al que ha tenido acceso TVE.
En concreto, la defensa dice que «todos los precedentes (…) señalan que por acusación particular (…) a los efectos del delito fiscal debe entenderse a la Abogacía del Estado, excluyéndose toda posibilidad de que comprenda a la acción popular». Es decir, que solo se puede juzgar a alguien si acusa la parte perjudicada, en este caso la Agencia Tributaria representada por la abogacía del Estado.
Así, los letrados de la infanta utilizan como argumento la falta de legitimación de Manos Limpias para poder recurrir el auto, que en principio no era recurrible, al considerar que esa parte no puede ejercer la «acusación popular» y que quienes sí podrían hacerlo, que son la Abogacía del Estado y la Fiscalía, no lo han solicitado.
Interpretación de la ‘doctrina Botín’
La defensa de la infanta muestra así su desacuerdo con el juez Castro sobre la interpretación de la doctrina Botín, fijada por el Tribunal Supremo en 2007.
El magistrado consideraba que dicha doctrina hace una interpretación «restrictiva» del artículo 782.1 de la Ley Procesal y que por tanto, no era aplicable al caso de la infanta Cristina.
El juez entendía que el delito contra Hacienda atenta contra un bien jurídico colectivo de interés general, como la propia Agencia Tributaria, que se pone de manifiesto en lemas como «Lo que tú defraudas, lo pagamos todos«, y que por tanto la acción popular está legitimada para sostener la acusación en un juicio.
Así, Castro señalaba que su papel fue imprescindible para que su marido defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente pantalla de la que ambos son propietarios e imponía una fianza de 2.697.150 euros a la infanta.
Fianza desproporcionada
Precisamente, en relación a la fianza impuesta, los abogados de la infanta consideran que hay «falta de fundamento y desproporción» en la cuantía impuesta por el juez para la hija menor del rey Juan Carlos.
La defensa argumenta que la fianza impuesta por el juez, «el séxtuplo de la cantidad presuntamente defraudada», es «injustificada», ya que como medida cautelar debe «extender sus efectos» a la probable responsabilidad civil y a las costas procesales, «pero no a garantizar las posibles penas de multa».

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