Empresa social y reducción de la pobreza

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LA AUTORA es abogada. Reside en Italia.

Una de las tareas pendientes en el ámbito económico en la República Dominicana, como en otros países de América Latina, es que si bien se ha visto cierto crecimiento económico no se ha logrado disminuir suficientemente la gran brecha social que separa las clases pudientes y los sectores más pobres de la sociedad.  La ilusión de que si hay  más  circulación de dinero llegará  algo a los más pobres se ha demostrado que no es completamente cierta.  El crecimiento económico y el aumento de las riquezas, en sólo algunos sectores de la población, pueden generar más consumo, y esto comporta más inflación, lo que puede aumentar el costo de la vida de una población con salarios o ganancias ya rezagadas.

Como está demostrado para quien conoce y estudia el pasado y el presente de la realidad económica, los mecanismos del mercado no resuelven todos  los problemas.  Es el Estado a quien le corresponde intervenir cuando estos no son resueltos por el libre mercado, como es en nuestro caso el problema de la pobreza. Y lo puede hacer a través del  uso de diversos instrumentos. Uno de estos puede ser el de crear, a través de una Ley,  un nuevo tipo de empresa, una empresa sin el objetivo del lucro.  Este ente  tendría  como objetivo  principal el satisfacer una necesidad social, la de crear puestos de  trabajo a una parte de la población con baja productividad y, por ende,  con ganancias muy bajas.

Dicha figura se incluiría entre las empresas sin fines de lucro, y no es exactamente una novedad.

En su obra “La Sociedad a Costo Marginal Cero”, Jeremy Rifkin habla de la evolución del tercer sector, y cómo cobra auge en los años 80 y 90 debido a los cortes del Estado Social en países como Estados Unidos, Inglaterra y otros países del mundo. Actualmente, señala Rifkin en dicha obra, han surgido nuevos tipos de organizaciones sin fines de lucro que funcionan como empresas de capitales,  la “Benefit Corporation” en Estados Unidos o “Società Benefit” en Italia, que ha conquistado a jóvenes graduados de Escuelas de Formación  Gerencial de todo el mundo. Un modelo en el cual hay un cruce entre Organización sin Fines de Lucro y Empresas orientadas al Lucro.  Son empresas destinadas a una actividad económica pero que su objetivo principal, aparte de dividirse los útiles, es satisfacer  necesidades sociales.  Así surgen empresas con el objetivo principal de proteger el ambiente, ofrecer servicios sanitarios, guarderías, etc.

Este tipo de empresas ya existe en otras legislaciones.  En Italia, por ejemplo, existen y funcionan   de diversas maneras, o para la producción e intercambio de bienes y servicios de utilidad social; con ciertos requisitos establecidos por las leyes de dicho país, o para inserir en el mundo laboral a sujetos desventajados (muy pobres) o con ciertas limitaciones físicas.

Así como la Ley 47/20 de Alianza Público y Privada del 21/02/2020, G.O. n.10972., que proviene de otras legislaciones, y que si es utilizada inteligentemente por el Estado puede ser beneficiosa para el crecimiento económico y social del país, se puede crear una Ley de Empresas Sociales. Dicho ente no repartirá sus útiles entre los socios sino que se destinará al pago de salarios justos tantos a los empleados como a los gerentes, a la reinversion y a un monto de reserva como en las empresas privadas.  La prioridad será su utilidad social. Esta Ley, como ya se mencionó,  puede ser de ayuda para ese sector de la población  con necesidad de salarios más altos, o con beneficios marginales que, a menudo, en los trabajos que el mercado les ofrece no existen. Estos proyectos deberán realizarse tanto en la zona urbana como rural.

En nuestro país el poder de constituir este tipo de Sociedad no puede ser dejada sólo a la Sociedad Civil, que no es tan rica como en esos países del primer mundo. La característica novedosa en nuestro país sería el de introducir (también), en esta nueva Ley, al  Estado;  Quien seria, en situaciones que lo requieran, el  inversionista en estos proyectos de empresas

Ya, desde hace un tiempo, el Estado se ha preocupado de incentivar la creación de pequeñas y medianas empresas concediendo prestamos a tasas de intereses muy bajas, y hasta dando asesoría en algunos casos. Todo con la finalidad de ayudar  a la población para mejorar sus ingresos y paliar el problema de la falta de empleos. Lamentablemente, no todo el mundo tiene la capacidad de iniciativa ni la posibilidad económica de arriesgarse en una empresa. Es necesario que el Estado sea quien tome la iniciativa y cumpla el rol de empresario, en el sentido de que debe ser él quien oferte los puestos de trabajo.  Esto comportaría una serie de operaciones, como estudio de factibilidad, una base de datos de la población en busca de trabajo, investigación de mercado para buscar proyectos que sean viables y crediticios, crear la estructura organizativa, y fungir como socio que supervisa el trabajo del órgano administrativo, la cual deberá ser elegida por concurso público. Cuando sea el sector privado a constituirlo, el personal administrativo será elegido por quien aporta su capital para el proyecto, siempre y cuando cumpla con los requisitos que deberá establecer la Ley.

A diferencia de las Asociaciones sin fines de lucro y las Sociedades de Capitales este tipo de empresa no podrá ser cerrada por voluntad de las partes, sino por situaciones inherentes al propio funcionamiento (poca reditividad, imposibilidad de continuar las operaciones o realizar los pagos, etc.) que hagan imposible la continuación de la empresa.  Por esto la liquidación de las empresas sociales creadas, tanto sean constituidas por el Estado como por el sector privado,  deberán ser liquidadas, si se dieran la situación, a través de un procedimiento especial.  En esta forma de liquidación  el Estado, a través de un órgano creado o asimilado para eso,  supervisará y verificará la regularidad de la gestión y de los balances anuales,  constatando que las liquidaciones no sean en detrimento de los derechos de los empleados o  que haya habido un mal manejo de la empresa. Asimismo, como el objetivo principal es mantener los empleos,  es una prioridad estudiar la posibilidad de sanar los inconvenientes que han ocasionado un déficit en el balance o dificultades para cumplir con los pagos u operaciones que han llevado a la necesidad del cierre de la empresa. Si una vez hecha todas las evaluaciones no se logra salvar la empresa, entonces debe procederse a la venta de los activos y al pago de la deuda.

Como hemos señalado la Ley de la Empresa social deberá crear el órgano encargado de  regular todo lo concerniente a la constitución, gestión y liquidación de este tipo de empresa, y los controles que sean necesarios para evitar un uso no adecuado del ente sin fines de lucro y no llegar a un estado de quiebra.

Una vez las empresas comiencen a tener utilidades,  una parte de ésta deberá ser destinada a amortizar la deuda contraída por el Estado para dicha inversión, o para la recuperación de lo invertido. Sea como deuda o a través de pago de impuestos; esto lo deberán decidir los expertos.  Mientras las empresas no obtengan utilidades suficientes no deberán pagar impuestos.

Lo importante es apuntar a un objetivo que de verdad sea rentable y que busque mejorar la eficiencia de la mano de obra sea a través de entrenamientos y/o uso de maquinarias o de equipos que aumentarían la cantidad o cualidad de la producción.

Algunos considerarán que un país endeudado como el nuestro no debería arriesgarse a invertir en este tipo de proyectos, y sin embargo, podría convertirse en un gasto virtuoso del Estado si es bien manejado.  Comenzar con pequeños proyectos, bien asesorados,  para que no implique enormes gastos.

De todas maneras, según señaló el economista británico John Maynard Keynes, en su obra sobre la Ocupación “Teoría General de la Ocupación, del interés y la moneda”,  si no hay inversiones suficientes para crear trabajo “el remedio fundamental es la inversión autónoma, esto es, la inversión financiada por el Estado, aunque sea a través del déficit del presupuesto público”. Esto, según Keynes tendrá un efecto multiplicador que aumentará el consumo y generará más ganancias para el Estado, y, por supuesto, al sector privado al aumentar la capacidad adquisitiva.  Este tipo de inversion podría ser una nueva forma de aplicar dicha teoría.

La promulgación de esta Ley y la realización de estos proyectos podrían extenderse hasta a otros renglones. Como el desarrollo de proyectos industriales no existentes en el país, que sean viables, todo a través de un cuidado minucioso de la situación económica  del país y del mundo, y de nuestras necesidades. En fin, esto es un bosquejo de lo que se puede hacer. Todo se puede estudiar y mejorar. Lo importante es que esos proyectos sean manejados por gente capaz y seria.

El ser humano se ha desarrollado por su capacidad de cuestionarse las cosas y de arriesgarse a buscar soluciones a los problemas que nos han aquejado. Por la curiosidad, el estudio y  la búsqueda incansable hemos llegado a ser lo que somos.  Estemos abiertos a los cambios, y a nuevos proyectos, lo importantes es que sean bien ponderados y analizados por los que saben.

jpm/am

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SCART DEL RIO
SCART DEL RIO
1 Año hace

BELLA DAMA INDIRA VUESTRO ARTICULO PRESENTE. DESDE UN PUNTO DE VISTA SE OBSERVA POSITIVO.PERO USTED SE OLVIDA DEL CONCEPTO DE LA EVOLUCION NATURAL DEL TIEMPO.