La Jurisprudencia es una fuente de derecho. En cada país se convierte en la fuente primaria a la hora de hacer un precedente acerca de una materia de derecho, ya que para muchos tiene un efecto vinculante a la hora de tomar una decisión. La Jurisprudencia de nuestro país ha interpretado la obligación de la garantía del debido proceso como un derecho inherente de todo ser humano. La garantía de la única persecución ha llevado a que tanto la jurisprudencia nacional como la internacional se pronuncien al respecto. Un ejemplo de ello lo apreciamos en la 1ra. Sala, Cámara Penal Corte de Apelación del Distrito Nacional. Sent. No. 024-2007, de fecha 11 enero, 2007. “Caso Guillermo Gómez), cuando era presidida por la noble magistrada de la suprema corte de justicia Miriam German Brito, los elementos esenciales para configurarse esta garantía fueron aplicados, pues se trata de la misma persona, son los mismos hechos y existen las mismas pretensiones o motivos, la llamada identidad de causa. Lo que nos lleva a pensar que nuestros jueces de corte son garantes de nuestros derechos fundamentales y que entienden que la única persecución es un derecho de seguridad individual, el cual no puede ser violado. La extradición ha sido un tema de mucha controversia en el llamado ne bis in idem, ya que en esta materia existe una relación entre el derecho internacional y el interno, lo que ha llevado a nuestra Alta Corte a hacer una interpretación de esta garantía. Dando un vistazo a la historia de la extradición en nuestro país, vemos que pasa de ser presidencialista a jurisdiccional, pues antes el poder Ejecutivo tenía la potestad de extradición y ahora la tiene nuestra Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia en única instancia, violando el derecho de recurrir. Lo que no quiere decir que nuestros nacionales a la hora de ser extraditados pierdan los derechos inherentes a todo ser humano. El meritorio Alberto Binder en su obra “Introducción al derecho proceso penal” subraya:“La principal misión del proceso penal es constituir una valla protectora del individuo frente al poder penal del Estado que, por sus propias características, está siempre tentado por la arbitrariedad o bajo sospecha de cometerla”. A nuestro entender, la única persecución representa una garantía fundamental a la hora de una persona ser procesada, es por ello que todos coinciden que el ne bis in idem debe ser respetado.
El non bis ídem desde la perspectiva Constitucional
Escuchar artículo
ALMOMENTO.NET publica los artículos de opinión sin hacerles correcciones de redacción. Se reserva el derecho de rechazar los que estén mal redactados, con errores de sintaxis o faltas ortográficas.
0 Comments
Nuevos


Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
El dólar bajó 31 cts. y el euro 16; eran vendidos $59.25 y $71.51
Cuba acusa a EEUU ante la ONU; dice está dispuesta a conversar
Irán indica se reserva derecho responder a «violación EEUU»
Demoras decreto y presupuesto retrasan los comicios de Haití
Haití debate la obra de René Depestre por su centenario
Licencias construcción MIVHED movilizan RD$230 mil millones
Petróleo brent sube más del 2 % tras los ataques de EEUU a Irán
Más de un millón dominicanas recibirán $1,500 en Día Madres
La PN retuvo 6 mil motocicletas en operativos de fin de semana
Gobierno anuncia inversión de RD$20 mil MM en Boca Chica
