El Compliance en tiempos de pandemia

imagen
El AUTOR es abogado. Reside en Santo Domingo

POR DONATO ANGELES

La crisis económica mundial como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del Covid-19 ha dado un vuelco al mundo, sacudiendo con fuerza a todas las empresas, sin importar la industria o el país. Ante este escenario, se ha producido un aumento del riesgo de casos de corrupción, según ha informado la Asociación Mundial de Compliance.  

El Compliance recordemos es el conjunto de procedimientos y prácticas adoptadas por las empresas para identificar y clasificar los riesgos legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción. 

La figura del Compliance, para los Sujetos Obligados No Financieros (abogados, contadores, agentes inmobiliarios, etc.) se recogió por primera vez en la legislación dominicana en la Ley núm. 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Desde entonces, la posibilidad de incurrir en sanciones por el incumplimiento normativo en un entorno legislativo cada vez más abundante y complejo, junto con la posibilidad de sufrir pérdidas patrimoniales o un deterioro de la imagen corporativa, han hecho que el Compliance se haya convertido en una necesidad para las empresas.  

Las prácticas contrarias al cumplimiento normativo pueden afectar tanto al sector privado como público. Así, y a modo únicamente ejemplificativo, en estos momentos la Administración Pública, concretamente el sector sanitario, es especialmente vulnerable a posibles incumplimientos de la normativa dada la urgente necesidad de aprovisionamiento de suministros y la simplificación de las normas para agilizar su adquisición. Por su parte, en el sector privado hay muchas empresas que están sometidas a una gran presión como consecuencia de las pérdidas económicas por el cierre de las industrias y el confinamiento de la población.  

Para entender este aumento del riesgo de casos de corrupción es necesario acudir al modelo desarrollado por el criminólogo norteamericano Donald Cressey, conocido como el “triángulo del fraude”. Según este modelo, existen tres factores que pueden propiciar que una persona o, en este caso, una empresa incumpla las normas éticas o legislativas:  

  1. Motivación: la aparición de un estímulo o presión que favorece una justificación para cometer dicha conducta. En la situación actual esta motivación serían las pérdidas económicas provocadas por la crisis del coronavirus.  
  2. Oportunidad: la ausencia o flexibilización de las medidas y controles.  
  3. Racionalización: la justificación de la necesidad de cometer esas acciones contrarias a la normativa o a los principios y valores para salvaguardar a la empresa que se ve abocada a la quiebra ante una situación extraordinaria e impredecible.

Cabe destacar que, con la próxima aprobación del Código Penal dominicano, la importancia y valía del Compliance será incrementada, ya que esta nueva legislación recogerá nuevas figuras penales como la autoría mediata, la cooperación necesaria, además, amplía la responsabilidad penal de la persona jurídica para un gran abanico de delitos, no solo para el lavado de activos y financiamiento del terrorismo como lo establece la Ley 155-17  

Sin duda, tras la contextualización de este modelo del fraude a las circunstancias actuales, podemos concluir que nos encontramos ante un escenario idóneo para un aumento de los casos de corrupción.

Por eso, ahora más que nunca, es el momento de reafirmar el compromiso con el cumplimiento normativo y la ética empresarial a fin de evitar daños económicos y reputacionales irreparables. 

JPM 

ALMOMENTO.NET publica los artículos de opinión sin hacerles correcciones de redacción. Se reserva el derecho de rechazar los que estén mal redactados, con errores de sintaxis o faltas ortográficas.
0 0 votos
Article Rating
Suscribir
Notificar a
guest
0 Comments
Comentarios en linea
Ver todos los comentarios