Delitos electorales de moda
El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto.
Como se observa, el Constituyente, no solo ha reconocido el derecho al voto como un derecho fundamental, sino además, que ha establecido la imposibilidad de que una persona sea obligada o coaccionada a votar.
Pese al conocimiento público de los textos constitucionales anteriores, son muchos y desde mucho tiempo atrás, que algunos ciudadanos se dedican a amenazar a determinas personas con cancelarlas de sus puestos de trabajo si no hacen campaña y si no votan por determinados candidatos o partidos.
Sin embargo, quien coaccione a algún ciudadano en su derecho a votar, secreto y libremente, pudiera estar incurriendo un delito electoral.
Conforme a las disposiciones del artículo 284 de la Ley 15-19, podrán ser “castigados con prisión correccional de seis (6) meses a dos (2) años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público: Los que amenazaren, prometieren o acordaren, directa o indirectamente, separar o rebajar de su categoría o sueldo a un funcionario, empleado público o trabajador privado, o procurare que se le separe o se le rebaje de categoría o sueldo, con el propósito de ejercer influencias sobre las determinaciones de dicho funcionario o empleado en el ejercicio de su derecho electoral”.
También cometen delito electoral aquellos que induzcan a coaccionar o amenazar a coartar el derecho a votar de cualquier persona.
De la misma forma, el artículo 286 establece que es delito electoral coartar el derecho de elegir y por tanto “Serán castigados con reclusión de un (1) mes a seis (6) meses y multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público, los que teniendo a sus órdenes o a su servicio empleados, trabajadores y otros individuos con derecho de elegir, incurrieren en despedir o amenazar con despedir o imponer cualquiera de éstos una pena o rebaja de salario o de jornal, o de otra prestación que le sea debida, por ejercer o impedir libremente el derecho de votar”.
Conforme a lo anterior y a juzgar por pronunciamientos de algunos legisladores, la Procuraduría Especializada para la investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales, tendrá que actuar y someter a la justicia a quienes comentan esas inconductas.
JPM

Trump elige a Susie Wiles como jefa del gabinete en Casa Blanca
Abinader entrega muelles en Río San Juan y Cabrera para la pesca
Primer Ministro Haití seguirá en Puerto Rico, su futuro es incierto
Honrar la Constitución o perder la república
El volante no admite excusas
Liguilla de la Liga Dominicana de Fútbol iniciará el 10 de enero
Leonel y Abinader en la boda: ¿quién saca provecho electoral? (OPINION)
Navidad y salud mental: cuando las emociones se intensifican
Peligros para RD: posible entrada masiva de haitianos (OPINION)
Fusión Agricultura–IAD amenaza la producción agrícola
Lobos vence a Buitres y obliga decisivo partido final TBS SC
Ng Cortiñas asegura 2026 será un año difícil y el más exigente
Judo declara Centroamericanos y del Caribe «gran compromiso»
















