Definitivamente  Ramfis D. Trujillo no podrá ser candidato

 

            Definitivamente, aquellos leguleyos que desde un principio han estado perdiendo su tiempo aupando la figura de Ramfis Domínguez Trujillo como posible candidato presidencial se deben haber dado cuenta que este no va para ninguna parte.

La Junta Central Electoral (JCE) le ha comunicado al nieto del ajusticiado dictador Rafael L. Trujillo que no puede ser candidato presidencial en la República Dominicana, por ninguna organización política, porque no ha renunciado a la ciudadanía norteamericana, como lo establece el artículo 20 de la Constitución de la República”.

Y no tanto eso,  que no ha renunciado a su nacionalidad sino que existe en el país una ley especial vigente desde 1962, la 5880 que prohíbe tajantemente las actividades trujillistas y que se sepa Ramfis  es un descendiente directo del tirano Rafael Leónidas Trujillo Molina. Más claro ni el agua.

Constitucionalmente la pretendida candidatura de Ramfis está objetada totalmente razón por la cual los que le siguen están perdiendo su tiempo porque por más que brinquen y pataleen no podrán tenerlo de candidato en las elecciones programadas para el 2020.

El Departamento de Estado de Estados Unidos a través de su oficina de inmigración y nacionalidad, en su Sección 349 (a) (5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (8 USC 1481 (a) (5) establece muy claramente los pasos a dar por el ciudadano norteamericano que decida renunciar a su nacionalidad.

Entre otras cosas esa ley establece lo siguiente: Toda persona que desee renunciar a su ciudadanía estadounidense debe voluntariamente comparecer personalmente ante un funcionario consular o diplomático de los Estados Unidos en una embajada o consulado de los Estados Unidos establecida en un país extranjero (nunca en territorio norteamericano), y firmar un juramento de renuncia.

Hay de tenerse en cuenta, que esta renuncia solo puede hacerse en persona y fuera de los Estados Unidos, por lo tanto, no puede hacerse por correo, ni por medio de agentes, o electrónicamente.  Las renuncias que no cumplan con las condiciones descritas anteriormente, no tienen ningún efecto legal.

Una persona que haya renunciado a la nacionalidad estadounidense, automáticamente pierde todos los derechos y privilegios asociados con dicha nacionalidad, como son los beneficios del seguro social, pensión u otros beneficios; además, si una persona renuncia a su nacionalidad norteamericana no puede viajar a los Estados Unidos.

Por otro lado, el acto de renunciar a esta nacionalidad, no evita que las personas sean sometidas a un posible enjuiciamiento por hechos que hayan cometido o puedan cometerse en el futuro, considerados delitos por las leyes de los Estados Unidos, o que eviten el pago de obligaciones financieras, incluidos los pagos de manutención infantil pendientes en los Estados Unidos.

Si el Departamento de Seguridad Nacional determina que la renuncia está motivada por propósitos de evasión de impuestos, la persona será declarada inadmisible en los Estados Unidos.  La renuncia a la ciudadanía estadounidense no puede impedir que un país extranjero deporte a esa persona a los Estados Unidos alegando algún status de no ciudadano.

Así es que los leguleyos políticos de  aquí y fuera de aquí que no sigan perdiendo su preciado tiempo promoviendo a Ramfis D. Trujillo como candidato a la presidencia de la República porque definitivamente no podrá serlo porque legalmente está impedid. Eh dicho.

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