SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El abogado especialista en derecho constitucional, Cándido Simó, reiteró que la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de posponer las elecciones es violatoria de la Constitución.
Dijo que ese organismo no puede mediante una resolución modificar la fecha de las elecciones presidenciales, congresuales y parlamentarias, ni las municipales, como lo hizo en febrero pasado.
En ese sentido, recordó que es la Constitución la que fija las fechas y que en su artículo 6 dice claramente que es nulo de pleno derecho todo acto, ordenanza, resolución, decreto o ley que viole la misma.
“El Artículo 73 dice que la autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos”, expresó el abogado tras destacar que cuando la JCE decide modificar la Carta Magna por una resolución está usurpando una función que es de la Asamblea Nacional.
Destacó que el organismo electoral debió solicitar al Tribunal Constitucional mediante la acción llamada: “Por conflicto de competencia”, que está en el Artículo 185 de la Constitución y en el Artículo 50 de la Ley 137 sobre los procesos constitucionales.
Así, dijo, el TC mediante una sentencia interpretativa aditiva debe decir si en el caso de la especie se incorpora la causa de fuerza mayor que faculte a la JCE como árbitro electoral para posponer las mismas.
Entrevistado en el programa Toque Final con Julio Martínez Pozo, por Antena 7, el destacado abogado precisó que por una sentencia del TC podía habilitarse la Junta Central Electoral para modificar las fechas establecidas en la Constitución.
an/am

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totalmente cierto esa resolucion es nula de una nulidad adsoluta pues es contratia a la constitucion
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